Amplían los delitos con Prisión Preventiva Oficiosa
- Facundo Rosas Rosas
Durante las últimas horas del 12 de noviembre y luego de un intenso debate, la Cámara de Diputados aprobó con 335 votos a favor el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Prisión Preventiva Oficiosa (PPO), con lo cual se amplía el catálogo de delitos que ameritan dicha medida cautelar.
No obstante que la idea original era ampliar el catálogo a 22 delitos que se sancionan con PPO, finalmente se quedó en 20, ya que quedaron fuera la defraudación fiscal y el narcomenudeo. Los que sí quedaron firmes fueron la extorsión, contrabando, expedición y compra de facturas (factureras), así como preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, almacenamiento y distribución de drogas sintéticas, en particular el fentanilo.
Previo a que estos dos últimos delitos fueran retirados de la lista, la Presidenta de la República se refirió a ellos en forma sarcástica, señalando que el hecho de incluirlos no implicaba una condena sino una medida cautelar, como queriendo decir que no pasaba nada si se agregaban a dicho catálogo, lo cual evidencia su falta de sensibilidad y de conocimientos jurídicos ya que la condena es la etapa final de un proceso y la prisión preventiva una medida cautelar para garantizar que el imputado comparezca ante el juez, pero todo inicia cuando el Ministerio Público (único que tiene fe pública para reunir pruebas, ejercitar la acción penal y perseguir el delito) tiene conocimiento de un hecho que la ley señala como delito, ya sea mediante denuncia o cuando un delito se persigue de oficio y conoce de una noticia criminal.
Lo que no dijo es que mientras las fiscalías buscan pruebas sólidas o suficientes en contra de un presunto responsable de un delito, éste irá a la cárcel, ya que en México las órdenes de aprehensión, al igual que un vaso de agua, no se le niega a nadie y cuando hay consigna hasta sin prueba alguna la gente termina en la cárcel, a menos que la instrucción sea que nadie sea detenido por ser amigo.
Quizá lo dijo porque nadie de su familia, excepto su exesposo que, para fines prácticos no existe, ha pisado la cárcel, pero si hubieran tocado a algún descendiente o ascendiente suyo no opinaría lo mismo y esto lo puedo asegurar en primera persona, porque estoy seguro que ella también influyó para que mi situación se complicara cuando, sin ninguna prueba, fui detenido por el gobierno federal por el caso “Rápido y Furioso”, por el solo hecho de no comulgar con su ideología y haber servido a gobiernos de otro color cuando la función en materia de seguridad pública es técnica no política.
Prueba de ello es la configuración de su equipo de trabajo en materia de seguridad, que gradualmente se va pintando de azul Policía Federal, lo digo por la gente con experiencia que está regresando de la Guardia Nacional para incorporarse a los trabajos de investigación e inteligencia, ahora desde la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, bien por ello porque de otra forma ese talento se iría a la basura.
De los marinos que me detuvieron en aquella ocasión quiero referir que solo demostraron falta de sensibilidad, conocimientos jurídicos, capacitación en el uso racional de la fuerza y temor por violentar mis derechos humanos, lo cual terminaron haciendo, a sabiendas que el peligro que yo representaba estaba en mi integridad como persona, mis capacidades de análisis y de inteligencia como habilidad y como herramienta metodológica, no en mi fuerza física. Desde este espacio y aprovechando el derecho a disentir, les recuerdo que no soy su enemigo, pensar diferente no debe ser motivo de persecución política ya que las grandes propuestas pueden venir desde las diferencias, no todo puede ser de un solo color.
Pero volviendo a la lista de delitos que a partir de ahora merecerán Prisión Preventiva Oficiosa, existe uno que ninguna autoridad conoce a fondo pero cree que podría ser rentable políticamente como para lanzar una estrategia, me refiero a la extorsión, tanto en su modalidad telefónica como presencial, también conocida como “cobro de piso”, el cual presenta una cifra negra de 99.83% y una impunidad del cien por ciento en números cerrados.
Aquí la pregunta es cómo se puede elaborar una política pública y diseñar una estrategia de atención con solo el 0.2% de casos conocidos, que son los denunciados; es obvio que no son suficientes ya que solo se conoce la punta del iceberg y el resto permanece en la oscuridad total.
Pese a ello varios funcionarios en materia de seguridad hablan de dicha estrategia y aseguran que este delito será abatido, como en la Ciudad de México, donde dicho sea de paso casi todos los comerciantes informales y un alto porcentaje de los formales pagan piso, pero por desconfianza en la autoridad o temor ante los grupos delictivos no lo denuncian y terminan alimentando la “cifra negra”.
Cabe recordar que con la reforma al artículo 19 constitucional de 2021, que incrementó en 10 el número de delitos que se sancionan con PPO para llegar a 16 en total, la población penitenciaria total a nivel nacional aumentó 10.5%, al pasar de 211 mil 154 internos en 2020 a 233 mil 277 en 2023.
En los penales estatales el aumento fue del 9%, al pasar de 194 mil 826 internos en 2020 a 212 mil 425 en 2023, mientras que en los federales fue del 27.7%, al pasar de 16 mil 328 internos a 20 mil 852.
Sin embargo, si sólo nos referimos a los ingresos, resultado de restar al número de detenidos que entran a los penales aquellos que obtuvieron su libertad en los siguientes días o meses, el incremento fue de 38.7% para los Centros de Reinserción Social estatales y de 34% para los federales, es decir que ahora se quedan más personas en la cárcel que antes, debido a la aplicación de la PPO y el desprecio por los derechos humanos.
Falta ver si en los próximos años el número de detenidos sigue aumentando. De igual manera falta confirmar si aparecen los primeros procesados por producir y traficar fentanilo, ya que sería el primer golpe de realidad a la negación que por años mantuvo el expresidente López Obrador, en el sentido de que en México no se producía dicha droga sintética.
Finalmente, de lo que ya nadie habla es de la denominada “prisión automática” que consiste en cambiar el texto del mismo artículo constitucional de “el juez ordenará la prisión preventiva oficiosa” por la de “el juez debe ordenar la prisión preventiva oficiosa”, pero pronto estará más vigente que nunca.
Opinion para Interiores:
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Ingeniero por la UAM donde obtuvo la Medalla al Mérito Universitario. Estudió maestrías en Administración, así como en Seguridad Pública y Derechos Humanos. Fue capacitado en inteligencia y análisis en EU, Colombia e Iraq. A lo largo de 25 años ha sido servidor público en dependencias estatales y federales en materia de Seguridad Pública y Seguridad Nacional.