Certidumbre y reforma al Poder Judicial

  • Javier Cobos Fernández
Los mercados dejan de encontrar certidumbre para generar desarrollo en México

Como se lo adelantaba hace apenas un par de meses, a partir del paquete de reformas anunciado por el Ejecutivo Federal el pasado 5 de febrero, hemos venido siendo testigos de los diferentes impactos que, en particular, algunas de ellas, han captado la atención de los reflectores, prensa internacional, y no precisamente por su contenido innovador, sino por el temor que algunas de ellas han causado entre los inversionistas, como se puede constatar en las estadísticas del propio gobierno federal en términos de llegada de inversión extranjera directa (IED), adicionalmente a la depreciación de la moneda local en las últimas semanas.

Me refiero a la Reforma al Poder Judicial, particularmente en términos de la dinámica de elección de Magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Magistrados y Magistradas de Circuito, las Jueces de Distrito, las Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, quienes todos ellos serían elegidos de manera directa por la ciudadanía en elecciones ordinarias.

Dicha reforma, no solo ha causado nerviosismo en los mercados sino que también resultó ser una de las principales preocupaciones en la reciente Conferencia de Relaciones México –Estados Unidos en el Wilson Center a finales de junio 2024, en el que uno de los temas centrales en la agenda del día saltó a lo largo de las diferentes charlas en la décima reunión anual celebrada en Washington D.C.  En la conferencia, la iniciativa de la reforma judicial en México se caracterizó por constituir una fuente de incertidumbre en función de la certeza jurídica, impacto en la inversión y crecimiento económico como resultado de su implementación.

Los resultados se han dejado ver ya en términos de la caída de la IED registrado de enero a junio de 2023 comparado con el mismo periodo en 2024, de 57.4 por ciento, como usted puede apreciar en el boletín publicado por la Secretaría de Economía del gobierno federal el pasado 18 de agosto, particularmente en el rubro de “nuevas inversiones” que se puede consultar en el anexo estadístico del mismo boletín.

Tan solo poco más de un par de semanas después, el 8 de septiembre, uno de los diarios más influyentes del mundo, The Wall Street Journal, publicó una interesante nota sobre las razones por las que los inversionistas se encuentran en “pausa” para invertir en plantas y desarrollo económico en México. Dicha nota explica claramente cómo los avances en la implementación de la reforma judicial en México están deteniendo las inversiones a causa de la dinámica de reemplazo de funcionarios federales cualificados por funcionarios electos por voto directo, afectando así las decisiones judiciales por consideraciones políticas. Esta nota, en realidad, vino a explicar las razones por las que la IED cayó en 57.4 por ciento, como la propia Secretaría de Economía publicaba apenas el 18 de agosto.

En el mismo orden de ideas, podemos advertir con relativa facilidad la fuerte correlación que se ha venido presentando entre los avances de la Reforma al Poder Judicial (PJ) y la depreciación del peso mexicano que ha llegado prácticamente a los MXN 20 por dólar, niveles no vistos desde octubre de 2022, derivado también del nerviosismo que ha causado la citada reforma, como claramente lo muestra Michael Stott el pasado 3 de septiembre en su artículo publicado en el Financial Times y Christine Murray, un día después, en el mismo diario.

Sin embargo, el final de esta historia todavía no se escribe. Como resultado de la aprobación de la reforma al PJ en el Senado de la República la noche del 10 de septiembre, seremos testigos dentro de solo algunas semanas del cierre de IED al tercer trimestre de 2024, es decir, el periodo que comprende de enero a septiembre, que podría asegurarle que veremos una caída de la IED de alrededor del 70 por ciento, en términos de nuevas inversiones comparado con el mismo periodo en 2023, así como un precio del dólar en términos de pesos presentando una volatilidad no vista en los últimos veinte años. Doble contra sencillo que así lo verá.

El temor fundado
Calificado como un “rumbo retrógrado en el Estado de Derecho” por el Consejo Editorial del Finacial Times en su artículo del 11 de septiembre, el proceso de elección de los funcionarios del Poder Judicial en comento, modifica sustancialmente el juego de incentivos de los funcionarios, llámese Ministros, Magistrados, Jueces, en el PJ.

Actualmente, el proceso de selección busca garantizar que los jueces y ministros en México sean seleccionados con base en sus méritos y capacidades, y no por consideraciones políticas. Esto es, en México, la elección de jueces y ministros sigue un proceso específico dependiendo del nivel del puesto judicial.

Por ejemplo, los ministros de la SCJN actualmente siguen un proceso de selección es que consta de varios pasos:

1. Propuesta del presidente de la República: Cuando hay una vacante en la SCJN, el presidente de la República propone una terna (tres candidatos) al Senado de la República.
2. Evaluación del Senado: El Senado de la República evalúa a los candidatos propuestos. Este proceso puede incluir audiencias públicas y la revisión de las trayectorias profesionales y académicas de los candidatos.
3. Votación del Senado: Los senadores votan para elegir a uno de los tres candidatos propuestos. Para que un candidato sea nombrado ministro, debe obtener una mayoría calificada de dos tercios de los votos del Senado.
4. Toma de Posesión: Una vez que el Senado aprueba a uno de los candidatos, este toma protesta y asume su cargo como ministro de la SCJN.

Asimismo, para el caso de los Jueces Federales en México, que incluyen jueces de distrito y magistrados de circuito, el proceso de selección es el siguiente:

1. Examen de Oposición: Los aspirantes deben presentar un examen de oposición organizado por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Este examen evalúa los conocimientos y capacidades de los candidatos en materia jurídica.
2. Curso de Formación: Los aspirantes que aprueban el examen de oposición deben asistir y aprobar un curso de formación impartido por el Instituto de la Judicatura Federal, que forma parte del CJF.
3. Designación: Una vez completado el curso de formación, los candidatos son designados jueces de distrito o magistrados de circuito por el CJF.

Sin embargo, la reforma al Poder Judicial incluye la modificación de los artículos 95, 96 y 97 constitucionales, en los que se sustituye el proceso y requisitos de selección de los Magistrados de la SCJN, Magistrados y Magistradas de Circuito, las Jueces de Distrito, las Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, por un proceso de elección directa bajo una dinámica de votación directa a través de elecciones, de modo similar al practicado ordinariamente para la elección de funcionarios del Poder Ejecutivo, en el que el juego de incentivos se modifica de manera radical.

Lo anterior, derivado de la dinámica de elección, misma que, lejos de premiar el mérito y la experiencia que describo anteriormente, obedece, en primer término, a negociaciones políticas para obtener las candidaturas a los distintos puestos. En segundo término, la dinámica podría promover conflictos de interés entre las decisiones de jueces, ministros y magistrados y sus patrocinadores de campaña, así de claro. En otras palabras, el juego de incentivos se plantea bajo una dinámica en la que las decisiones judiciales potencialmente podrían ser influenciadas por intereses particulares, principalmente de aquellos que hicieron posible la postulación y toma de posesión de autoridades judiciales a favor de sus benefactores. En resumen, un potencial conflicto de interés que promueve el pago de favores.

Bajo esta dinámica, ya propuesta y en proceso de discusión en San Lázaro, podemos añadir un ingrediente que no se veía de manera tan contundente, como se ha visto en estos últimos cinco años, como lo es la influencia de grupos económicos de poder que actualmente operan en nuestro país como comentó también Michael Stott el 21 de mayo pasado en el diario Financial Times, en donde estima –de acuerdo con información del ejército estadounidense– que un tercio del territorio mexicano se encuentra bajo el control del crimen organizado, como también lo apuntó en sentido similar Tim Golden a principios de año, el escenario explica la preocupación manifiesta a finales de junio de este año en el Wilson Center.

Ante tal escenario y bajo condiciones de una mayoría calificada en el Congreso mexicano, conforme al artículo 135 constitucional, la reforma al Poder Judicial no podría ser declarada inconstitucional, dado que previo a su implementación, los ajustes constitucionales serían posibles y la SCJN carecería de argumentos para detenerla, lo que a todas luces se presenta como un primer golpe al equilibrio de poderes, a los contrapesos en el ejercicio del poder, comprometiendo adicionalmente lo establecido en el artículo 49 constitucional en referencia al establecimiento de la división de poderes, escenario en el que a todas luces ha registrado ya sus primeras consecuencias: incertidumbre y una pausa en la llegada de inversión extranjera directa IED, como la propia información oficial ha mostrado.

 

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Javier Cobos Fernández

Economista por la UDLAP y maestro en Administración Pública por la Universidad de Columbia de Nueva York, con estudios de Maestría en Derecho en el ITAM. Investigador y consultor en análisis económico, transición energética, ESG e ingeniería legislativa en COBOS&ASSOCIATES.COM,