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Senado, sin acuerdo para elegir a ministra de la SCJN; decidirá AMLO

  • Oswaldo Rodríguez
Ahora toca al Presidente elegir a la próxima ministra de entre la segunda terna que envío a la Cámara alta
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Por primera vez en la historia de México, el presidente Andrés Manuel López Obrador podrá elegir a la nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que el Senado rechazó por segunda ocasión la terna para elegir a la suplente del exministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

De acuerdo con un reportaje del periodista Joaquín López Dóriga, este miércoles 13 de diciembre, Movimiento Ciudadano (MC) rompió el acuerdo con Morena, el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), con el que tendrían mayoría calificada para elegir a Bertha María Alcalde Luján como la nueva integrante de la Suprema Corte.

Fue principios de este mes que AMLO envió una segunda terna al Senado, la cual estaba integrada por Lenia Batres GuadarramaEréndira Cruzvillegas Fuentes y Bertha María Alcalde Luján, luego de que la primera fuera rechaza por la Cámara alta.

El senador morenista, Ricardo Monreal, señaló en entrevista que tras una serie de desencuentros en torno a los nombramientos en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), entre otros temas, fueron los motivos por los que se rompió el acuerdo con MC.

Ahora AMLO decidirá quién es la nueva ministra

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que, si la primera terna enviada por el titular del Ejecutivo federal es rechazada, tiene la oportunidad de enviar una segunda, como ocurrió en este caso.

Al ser rechazada la segunda terna por los senadores, el Presidente de la República está facultado para designar a la persona que fungirá como ministra de la SCJN por un periodo de 15 años.

El artículo 95 de la Carta Magna establece que las personas propuestas para la Suprema Corte deben cumplir con una serie de requisitos como lo son: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener al menos 35 años de edad, un título de licenciatura y con una antigüedad mínima de 10 años; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por algún delito.

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