El concepto de autonomía y la BUAP

  • Guadalupe Grajales
El respeto a la autonomía universitaria es la garantía del acceso a los derechos ciudadanos

El pasado 6 de noviembre el Consejo de Unidad del Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego” de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla emitió un pronunciamiento para “Protestar Enérgicamente En Contra De La Violación de la Autonomía Universitaria” registrada el día 29 de octubre de 2024.

En este documento se reivindican distintos aspectos de la autonomía universitaria: la manera en que los(as) universitarios(as) definen libremente el rumbo de la universidad, un espacio de diálogo y de respeto a la diversidad de pensamiento, una práctica social que legitima otras formas de deliberación, la garantía de los derechos de la comunidad universitaria. Se exige asimismo el respeto a la libertad de cátedra y se llama a actualizar la autonomía y la democracia dentro y fuera de la universidad.

Aparentemente el tema del Agua en Puebla fue el motivo de la irrupción de la policía estatal en el recinto universitario.

Estos acontecimientos nos obligan a reflexionar seriamente sobre la vigencia o no de la autonomía universitaria.

Con respecto a la ideología que anima la autonomía universitaria, tenemos el histórico resultado de la polémica entre Vicente Lombardo y Antonio Caso en 1933. En el marco del Congreso de Universitarios Mexicanos, Lombardo se pronunció por el establecimiento oficial de una orientación socialista en la enseñanza de la UNAM y Caso por una libertad de pensamiento concretada a través de la libertad de cátedra. Aunque la posición de Lombardo fue apoyada mayoritariamente en este Congreso, su puesta en práctica encontró una gran resistencia que llevó a la renuncia del entonces rector de la UNAM. Sin embargo, el 13 de diciembre del año siguiente, siendo presidente de México el general Lázaro Cárdenas, se reformó el artículo tercero constitucional para señalar que toda la educación impartida por el Estado sería socialista. Doce años después, el 30 de diciembre de 1946, siendo presidente el licenciado Miguel Alemán Valdés, se eliminó la orientación socialista de la educación impartida por el Estado.

De hecho, la adición de la fracción VIII relativa a la autonomía universitaria se hizo hasta el 9 de junio de 1980, siendo presidente el licenciado José López Portillo y aunque actualmente es la fracción VII, ésta no ha sido modificada. Esta reforma al artículo tercero elevó a rango constitucional la autonomía de la que diversas universidades ya gozaban, como la UNAM cuya Ley Orgánica fue promulgada por el presidente Emilio Portes Gil el 10 de julio de 1929; o de la BUAP cuya Ley Orgánica fue promulgada por el gobernador Rafael Ávila Camacho el 23 de noviembre de 1956, así como de otras universidades del país.

Las razones del otorgamiento de la autonomía le dan contenido al mismo concepto. En el caso de la UNAM, la autonomía será el recurso al que el presidente Portes Gil acude para resolver la persistencia de la huelga estudiantil iniciada por estudiantes de la Escuela de Derecho y Ciencias Sociales que acabó siendo apoyada por la totalidad de las escuelas profesionales. El “25 de mayo [de 1929], Gómez Arias (presidente del Directorio de la Huelga y de la Confederación Nacional de Estudiantes) pronunció un discurso en la Facultad de Medicina. Explicó el verdadero motivo de la huelga. …aclaró que lo que ellos pretendían era que el Consejo Universitario estuviera formado por representaciones proporcionales de maestros y alumnos, a fin de que en su seno se resolvieran todos los conflictos estudiantiles sin que imperara siempre la imposición oficial con grave perjuicio para los intereses de los escolares. …los estudiantes de leyes no cejarían hasta obtener lo que pedían: el gobierno autónomo de la Universidad” (90 años Autonomía, Gaceta UNAM, Suplemento No. 13, Julio 22, 2019). El otorgamiento de la autonomía estuvo precedido por el retiro de la fuerza pública de las instalaciones universitarias.

No obstante, en 1933 “se originó un dinámico movimiento estudiantil en rechazo al proyecto educativo de reforma socialista que representaba para muchos universitarios la imposición por parte del Estado de una ideología en la enseñanza… Como respuesta a esa inconformidad, el gobierno mexicano decidió romper los vínculos con la Universidad y le otorgó la plena autonomía mediante su Ley Orgánica de 1933, que le dejaba bajo su exclusiva y absoluta responsabilidad y con sus propios elementos pecuniarios y morales. …La Universidad, … identificó a la libertad de cátedra y de investigación como elementos indispensables de la autonomía. Prescindir de esas formas de libertad era cancelar su autonomía institucional” (Ibid., Gaceta UNAM).

Es claro, pues, que las razones del otorgamiento de la autonomía a las universidades, y en el caso específico de la UNAM, nos remite a su conceptualización, puesto que en 1933 la “plena autonomía” equivalía a dejar sin recursos a la que hasta ese momento se consideraba la Universidad Nacional.

Si tomamos en cuenta estos rasgos ideológicos de la autonomía universitaria, veremos que ésta está estrecha y lógicamente vinculada a las ideas de democracia en el ejercicio del gobierno universitario en el que se establece una representación proporcional de docentes y estudiantes. También se reivindica la independencia ideológica y política de la universidad con respecto al Estado. La primera en la concreción de la libertad de cátedra y de investigación; y la segunda en la organización de la forma de gobierno como prerrogativa exclusiva de la comunidad universitaria. Esta independencia política se concreta obviamente en la no alineación de la comunidad universitaria, como tal, a ningún poder externo.

Aquí es imprescindible reiterar que nuestra universidad es probablemente la única que tiene efectivamente esta facultad de establecer su organización y forma de gobierno en su Estatuto Orgánico, pues las demás universidades autónomas tienen definidas éstas en la Leyes Orgánicas que los distintos Congresos de las entidades federativas han aprobado.

Como institución educativa, la universidad es, además, un espacio de respeto y de ejercicio de la libertad de expresión que no tiene por qué limitar sus actividades académicas ni culturales. De hecho, la universidad y su autonomía son parte integrante de los derechos humanos que la Constitución Mexicana consagra.

¿No les parece a ustedes de la mayor importancia defender con nuestro decir y nuestro hacer cotidianos la realidad de la autonomía universitaria y poner por encima de cualquier interés particular el bienestar de la ciudadanía que ve en el respeto a la autonomía el símbolo de la garantía de sus propios derechos?

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Guadalupe Grajales

Licenciada en Filosofía por la UAP con Maestría en Filosofía (UNAM) y Maestría en Ciencias del Lenguaje (UAP). Candidata a doctora en Filosofía (UNAM). Ha sido coordinadora del Colegio de Filosofía y el posgrado en Ciencias del Lenguaje (BUAP), donde se desempeña como docente. Es la primera mujer en asumir la Secretaría General de la BUAP.