La tómbola judicial rompe con la paridad de género

  • Laura Liliam García López
Este ejercicio inconstitucional no observa la paridad de género para alcanzar la paridad judicial

La tómbola judicial es un ejercicio inconstitucional inducido por la reforma judicial que no garantiza la integración paritaria de los cargos de más alta decisión en el Poder Judicial porque no observa el principio constitucional de paridad de género para alcanzar la paridad judicial del 50/50, y que en consecuencia restringe el acceso de las mujeres a un proceso de selección de candidaturas en igualdad de condiciones ya que elimina los concursos de oposición de la carrera judicial en paridad y agrede los derechos políticos electorales de las mujeres ya que en un juego de azar se sortean las candidaturas sin representación paritaria, en el que se realizará  una elección del voto popular, sin que se tenga certeza que en las boletas vayan el 50% de mujeres a estos cargos, para cerrar la brecha del 33.3% de mujeres que actualmente representan el Poder Judicial.

El Congreso de la Unión aprobó las leyes secundarias de la reforma judicial en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial, que reforman la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en el que señala que se garantizará “el derecho de la ciudadanía a participar en igualdad de condiciones en los procesos de evaluación y selección de candidaturas para los cargos en el Poder Judicial”, aunque en la práctica este proceso no será accesible, inclusivo, transparente, igualitario y mucho menos paritario, por la imperfección de la implementación de la tómbola ya que vulnera de entrada el principio constitucional de paridad de género.

El proceso para la “tómbola judicial” consiste en el sorteo público al azar de las candidaturas de las y los impartidores de justicia en el Poder Judicial o cargos de magistraturas de circuito y juzgados de distrito que se elegirán por voto popular, en donde la reforma avala y establece que se realicen insaculaciones públicas en dos etapas distintas del proceso para la elección de personas juzgadoras: una en la elección de junio de 2025 y la otra en la elección federal de junio de 2027, en el que hay una lista para la primera etapa de 850 plazas, es decir,  464 magistraturas y 386 juzgados federales que se votarán en 2025, sin que se precise si la mitad de estas plazas son para mujeres, para validar la reforma constitucional de paridad de género y respetar la paridad judicial.

La paridad de género en el Poder Judicial es un tema pendiente en la agenda de las mujeres, aunque ya hay avances de la aplicación de la reforma constitucional de paridad de género de 2019 en el ámbito judicial, ya que se han realizado concursos de oposición de plazas exclusivas para mujeres para que ocupen cargos dentro del sistema judicial como: Concurso exclusivo para mujeres para acceder a la categoría de Juezas de Distrito, Magistradas de Circuito, Juezas Laborales y Magistradas Electorales en los estados, así como en marcha diversas acciones afirmativas para promover políticas para transversalizar la perspectiva de género y la igualdad sustantiva dentro del poder judicial, en que hay que reconocer que la Reforma Judicial de Zaldívar impulso  que “la carrera judicial” si observara la paridad de género.

En ese sentido, se han establecido como políticas de igualdad dentro del Poder Judicial, la meta institucional a largo plazo de contar con 432 magistradas y 432 magistrados, así como 291 juezas y 291 jueces para lograr la paridad judicial.  Hasta la fecha, cabe precisar que dentro de estas acciones afirmativas, se han nombrado a 194 mujeres como juezas y a 359 como magistradas en el Consejo de la Judicatura Federal, por lo que faltarían 73 nombramientos de magistradas y 97 juezas para llegar a la meta de la paridad judicial, en donde hay que señalar que la “tómbola judicial” no está incorporando estas medidas para los nombramientos de ministras, consejeras, magistradas y juezas derivadas de la recién aprobada reforma judicial.

En el Senado de la República se realizó la “tómbola judicial”, un ejercicio inédito y desmedido, donde Gerardo Fernández Noroña, presidente de la Mesa Directiva, montó un circo: “Todos estamos aprendiendo aquí; de aquí directo a la Lotería Nacional”. En este proceso se cambió el acuerdo aprobado el 10 de octubre para la realización de la tómbola, se dividió el número de juzgadores a seleccionar al azar a la mitad de los jueces (as) y magistrados (as) que irían a la elección de junio de 2025 y a la otra mitad a la elección de junio de 2027, en el que no se observó el principio de paridad de género. Por lo que se considera un ejercicio insalubre y regresivo, que no garantiza la paridad judicial y la protección de los avances en los nombramientos de ministras, magistradas y juezas.

Para lograr la paridad judicial es necesario eliminar la violencia legislativa que se está ejerciendo en contra de las mujeres en la “tómbola judicial”.  Con este hecho se están vulnerando los avances de la agenda de género, en específico en los derechos político- electorales de las mujeres, ya que la justicia de género es un estandarte para obtener la igualdad de oportunidades en todo y para abrir la participación activa de las mujeres en la vida jurídica. Así mismo, se está transgrediendo con la “tómbola judicial” el principio de paridad de género, reconocido en la Reforma Constitucional Paritaria del 2019, que legitima en el artículo 94 Constitucional “la paridad judicial”, la cual señala: “La ley establecerá la forma y procedimientos mediante concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales, observando el principio de paridad de género”. Así como, el artículo 35 fracción II Constitucional, sobre los derechos de la ciudadanía, y que empodera el voto en igualdadpoder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular”.

Para seguir avanzando en la construcción de la agenda de las mujeres, y seguir conquistando espacios de poder es vital empoderar la paridad judicial. Los avances son significativos, tenemos paridad legislativa representados como “Congresos Paritarios”, la primera mujer presidenta de la República con Claudia Sheinbaum, 13 mujeres gobernadoras en México, y la conformación en algunos estados de gabinetes paritarios estatales y municipales, por lo que es imperante no soltar el tema de la representación paritaria de las mujeres en el Poder Judicial, impulsado el modelo de una justicia feminista, para empoderar la igualdad sustantiva y la impartición de una justicia con perspectiva de género

Feminizar la justicia es urgente e inminente, ante la recién reforma judicial, y la “tómbola judicial”, ante un sistema nuevo para la elección de personas impartidoras de justicia, en el que se tiene que concientizar que este proceso de insaculación tiene que garantizar el principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso a cargos públicos, observando el principio de paridad de género, para que haya más mujeres en los órganos jurisdiccionales atendiendo la legalidad de la igualdad jurídica.

La agenda feminista tiene que ser progresista. El empoderamiento de las mujeres en la esfera judicial garantiza el reconocimiento de los derechos de las mujeres para la toma de decisiones para impartir justicia con perspectiva de género y cerrar la brecha en el poder judicial. La tómbola judicial es inconstitucional, transgrede el principio de paridad, ya que las mujeres juzgadoras, dependen de un juego de azar aleatorio, que solo es una farsa para simular la igualdad y la democracia en la elección de personas impartidoras de justicia por elección popular. La paridad judicial tiene que respetarse y garantizarse en la reforma judicial y no estar sujeta al juego de una tómbola, por lo que este mecanismo es obsoleto y se tiene que reconocer la carrera judicial y los concursos de oposición en paridad.

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Laura Liliam García López

Presidenta de Paritè emprendimiento de género. Doctora en Derecho-CONACYT. Abogada y Maestra en Derecho Constitucional y en Ciencias Políticas BUAP. Doctorante en Estudios Legislativos de Género y Paridad CONACYT