Simitrio: el derecho al revés/XII

  • Samuel Porras Rugerio
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“…pero la civilización “material” es el aspecto menos importante de la civilización, que en realidad reside en la mentalidad de los hombres. Como dijo Tácito (refiriéndose a los britanos), sólo el ignorante piensa que los edificios suntuosos y las comodidades y lujos constituyen la civilización.” R. H. Barrow, “Los romanos”. 

Las formas y contenidos del ejercicio del poder público que se vienen imponiendo en Puebla han configurado ya una realidad social marcada por la división. La fundamental se da entre el poder de la razón y las razones del poder generadora de todas las tensiones sociales que afectan a los poblanos. De esa división derivan otras como la que se da entre las obras y las sobras, estatuida como esquema y mecanismo de asignación de beneficios sociales entre la población; o la que surge entre los beneficiarios fervorosos creyentes del dogma hankista “mientras más obras, más sobra” y quienes se ven impositivamente obligados a cooperar para hacerlas. Este tratamiento diferenciado acentúa insultantemente los contrastes entre grupos económicamente pudientes y los que tienden a la pauperización; entre la ciudad ornamentalmente visitable y las periferias sucias, ignoradas y olvidables; entre la urbe y el suburbio; entre los fraccionamientos de lujo y los barrios y barriadas; entre el concreto hidráulico y el sinfín de baches; entre quienes imponen los montos salariales y quienes diariamente se soban la espalda para ganarlo.

La pomposamente llamada “aplicación de la ley” propicia otra forma de división social que se aprecia, básicamente, entre influyentes y jodidos; establece los parámetros para saber a quién persigue la autoridad y a quien no; a quién se castiga y quien goza de impunidad; a quién se encarece el agua y a quien se le condona; a quién detiene el agente de tránsito y ante quien se cuadra; para quien sí funcionan las instituciones y a quiénes se las desvencijan; quiénes gozan de derechos humanos y a quienes se les restringen o violan; a quién se priva de sus tierras y a quien se le obsequian; etc. Estos distingos, que eufemísticamente podrían ser calificados bajo el título jurídico de discriminación, aquí y ahora son la sustancia que da cuerpo al quehacer gubernamental. Exhiben crudamente la acción del Estado y el derecho para diseñar un modelo específico de sociedad donde las relaciones humanas están condicionadas por la posesión de la riqueza material y sus formas de apropiación. Los diseñadores son los creyentes de la civilización material.    

La oficina pública despide un tufo a fobia por lo poblano. Una doctoral aspiración personal por escalar peldaños dentro del sistema político mexicano está marcando el rumbo institucional y las formas de aplicación de la ley que   generan la cotidiana crispación social. La procuración y administración de justicia que demandan los poblanos están reducidas a la vil y mezquina expresión del intento y la dosificación; mientras que, por consigna, se muestran ignominiosamente eficientes.

Alguien, en algún momento, tendrá que salir a explicar, de cara a la sociedad, cuáles son los motivos reales que subyacen detrás de la ferozmente autoritaria persecución que se viene dando contra Simitrio, su familia y la 28 de Octubre, desde los ámbitos estatal y municipal. No cabe ya recurrir a la peregrina explicación de que “tienen problemas con la ley”. Desde hace mucho tiempo quedó claro que: “El derecho es un medio, un medio social específico, no un fin.” Se trata de un problema político, de poder, sobre el uso de la “aplicación de la ley” que, tras de sí, posee fines de esa naturaleza; fines políticos que deben explicarse claramente. Atrás deben quedar los mitos de que “la justicia es ciega”, o que la “ley es dura pero es la ley” puesto que la ley no se aplica por sí misma. Tenemos que ver, en la aplicación de la ley, una expresión de voluntad humana; específicamente de la voluntad política del gobernante que refleja el sentido real de su conducción social mediante el manejo de la ley y del aparato burocrático estatal que muestran a quién se favorece y a quién denuesta y persigue.

Descifrar si la aplicación de la ley estuvo bien, o mal hecha; si constituye, o no, violación a los derechos humanos es  también un problema de voluntad del poder en tanto entran en relación los actos de las autoridades presuntamente violadoras con las encargadas de su reparación; un juego entre distintos órganos del Estado que implica tiempo y procedimientos legales que Simitrio está enfrentando desde la prisión. Poner a una juez a revocar actos de gobernador, pasar por encima de resoluciones firmes, violar normas constitucionales y legales sobre irretroactividad, burlar el debido proceso, repetir sentencias extinguidas, trastocar principio de inocencia por presunción de culpabilidad, imputar falsamente la comisión de delitos, etc., han sido los mecanismos elegidos para “aplicarle” la ley, “procurar y administrarle” justicia y “vigilar” la protección de sus derechos humanos. El escenario se completa con la prisión de su hijo mayor, la persecución de otros dos; la probable aprehensión de su esposa, el golpeteo mediático, político y represivo hacia la 28 de Octubre y el desalojo de zonas de trabajo de sus comerciantes afiliados. ¿Qué hay detrás de esta ofensiva? ¿Y la justicia federal?    

Heroica Puebla de Zaragoza, a 09 de junio de 2015.                                        JOSÉ SAMUEL PORRAS RUGERIO

 

Kelsen, Hans, Teoría general del derecho y del Estado, 3ª ed., trad. Eduardo García Maynez, México, UNAM, 2010, “Textos universitarios”, p. 23.

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