Simitrio: el derecho al revés/XI

  • Samuel Porras Rugerio
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La embestida gubernamental contra la 28 de Octubre dio inicio con la intentona previa de enlodar a su familia, a las instalaciones del Mercado Hidalgo y a él mismo, con rumores o declaraciones abiertas de presunta participación en actividades criminales de distribución de drogas. La “procuración de justicia”, a través del “Centro de Operaciones Estratégicas” (COE), se encaminó en tal vertiente, no para investigar, sino para gestar mediante la intimidación policiaca algún señalamiento genérico en tal sentido, como parte de las “diligencias” que siguen a la recepción de “una llamada anónima” y a la orden de practicar cateos en domicilios previamente seleccionados para tal fin. El manejo inescrupuloso de las instituciones vino acompañado del manoseo arbitrario de la “aplicación” e “interpretación” de la ley.

“…Que en este momento se recibe llamada telefónica en estas oficinas por parte de una persona con voz del sexo masculino, quien manifestó que desea denunciar un lugar donde venden droga, informando que en la privada de la 78 poniente y 5 norte de la colonia 16 de septiembre norte, de la ciudad de Puebla, Puebla, hay una casa de tres niveles de color verde claro, que ahí vive un sujeto del sexo masculino de nombre RUBEN SARABIA REYNA que es moreno, de aproximadamente treinta y cinco años de edad, de un metro con setenta centímetros de estatura, de complexión robusta, de cabello corto a casquete, lacio y negro, cejas arqueadas, de barba y bigote en crecimiento, quien en dicho domicilio vende y distribuye marihuana y cocaína a cualquier hora del día y parte de la noche, que esto lo sabe porque vive cerca del lugar, además, porque en una ocasión acompañó a uno de sus familiares a comprar cocaína, e inmediatamente posterior a esto manifestado se corta la llamada. Lo que se hace constar para los efectos legales a que haya lugar…”. “Tratándose de un delito que se persigue oficiosamente, la denuncia anónima, correspondiente del mes de Julio del 2013 dos mil trece, para comunicar la comercialización de estupefaciente y narcóticos por un sujeto criminal de nombre RUBEN SARABIA REYNA, que habita un inmueble de tres niveles de color verde claro en la Privada de la 78 setenta y ocho poniente y 5 cinco Norte de la colonia 16 dieciséis de Septiembre Norte de esta Ciudad, el hacerlo del conocimiento al órgano persecutor de los delitos surte el efecto de una denuncia, para que a través de la misma, la autoridad dependiente del Poder Ejecutivo, a la que conforme a nuestro sistema de Procuración y Administración de Justicia, con arreglo al artículo 21 Constitucional, compete la investigación de los delitos y la persecución de los delincuentes, procediera a esclarecer los tintes de antijurídico de relevancia para el derecho penal, que subyacen en la descripción que proporciona, sobre todo, si de formalidades se trata. De este tenor apreciada, satisface el requisito de debido proceso, ya que se sabe de la prohibición para iniciar averiguación o incoar causa sin la querella, con arreglo al artículo 16 constitucional y la norma secundaria…”. (Subrayado mío)

No, no es el libreto del sketch de “polecías” que actuaba el señor Miguel Galván en conocido programa cómico de televisión. Es la actuación ministerial con que se inicia una averiguación formal contra el hijo mayor de Simitrio, por el supuesto delito de narcomenudeo, según consta en el proceso penal número 510/2014 del juzgado penal de Cholula. Existe, además, otro proceso que se sigue contra Simitrio y sus hijos Rubén y Xihuel Sarabia, el 530/2014, del juzgado octavo penal. Por alguna circunstancia a la que de ninguna manera podemos llamar coincidencia, la averiguación previa es abierta en el COE y la “denuncia” también es hecha por los señores José Alejandro Flores Marques y Rigoberto Suárez Rojas, Jefe de Grupo y Policía Ministerial, respectivamente. Los métodos de investigación ministerial y de inferencia judicial son demasiado simples; convertir, arbitrariamente, a presuntos indiciados en testigos: “…por lo que al preguntarles el ministerio público a los deponentes, porqué motivo tenían tanta droga en el interior de su casa, manifestando los atestes que se dedicaban a la venta de marihuana y cocaína en el Mercado Hidalgo, siendo la ateste BLANCA …quien comenzó a vender drogas desde hace cinco años …vendiendo dentro del Mercado Hidalgo …acudiendo a ver al líder en el Mercado Hidalgo y de la organización 28 de octubre, siendo el señor RUBEN SARABIA SÁNCHEZ quien es conocido como “SIMITRIO”, en sus oficinas que se encuentran dentro del mercado, hablando con él y con sus hijos de nombres ATLTONATHU RUBEN SARABIA REYNA Y XIHUEL SARABIA REYNA, quienes también ya son líderes como su Papá “SIMITRIO”, por lo que la ateste habló con los tres y les comentó que iba a comenzar a vender droga dentro del Mercado Hidalgo, respondiéndole que para vender droga les tenía que pagar la cantidad de tres mil pesos a la semana, si solo quería vender la droga, y si les compraba a ellos la droga entonces solo pagaría la cantidad de mil quinientos pesos, pues ellos también distribuyen droga en el Mercado Hidalgo, acordando la testigo BLANCA… solamente el permiso pues los deponentes compran la droga en otro lado, con una señora que les llaman las “Chunditas”, pagando los deponentes tres mil pesos a la semana, por que les permitan vender la droga, siendo la ateste BLANCA… quien directamente les paga a los inculpados, por lo que BLANCA, desde hace tres años vende marihuana y cocaína en el interior del mercado hidalgo…”. El sentido común distingue al chisme fabricado, del hecho concreto; por lo que se ve, el poder político los confunde como forma de emprender cualquier ofensiva mediática y jurídica.

Heroica Puebla de Zaragoza, a 01 de junio de 2015.

JOSÉ SAMUEL PORRAS RUGERIO

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