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Diputados eliminan a medias el fuero a funcionarios de Puebla
Diputados de Puebla eliminaron el fuero de la Constitución del estado, para que gobernadores, diputados, magistrados y el auditor superior puedan ser juzgados, sin embargo, aunque estén procesados podrán continuar en el cargo mientras concluye su juicio.
La medida contrasta con lo aprobado a nivel federal, pues el artículo 111 de la Constitución del país ordena que los funcionarios estatales abandonen su puesto de forma inmediata, luego de que se les vincule a proceso.
Las reformas fueron aprobadas con seis votos a favor y una abstención de la panista Mónica Rodríguez Della Vecchia, quien acusó que el acto fue una simulación, porque se permitió que los funcionarios acusados de algún delito continúen en su puesto mientras se determina si son responsables o no.
Su propuesta era que los servidores públicos fueran separados de sus cargos mientras se resolvía su responsabilidad y, solo si eran hallados inocentes, se les permitiera volver.
El dictamen aprobado solo contempla la separación del cargo como medida cautelar, que tendrá que determinar un juez si el delito amerita prisión preventiva oficiosa.
Se espera que la minuta sea puesta a votación del pleno en la sesión ordinaria del miércoles, donde requerirá el aval de dos terceras partes de los 41 diputados para ser ratificada, por tratarse de modificaciones a la Constitución Política del estado.
Conservarán el puesto
Las reformas al artículo 126 constitucional permitirán a los funcionarios conservar el puesto pese a estar bajo proceso penal, pues el texto aprobado dicta:
“Cuando la gobernadora o el gobernador del estado, las y los diputados, la auditora o auditor Superior del estado, las magistradas o magistrados, o consejeras y consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado sean procesados por algún delito, se mantendrán en el cargo en tanto no se resuelva sobre su culpabilidad por sentencia ejecutoriada que imponga sanción corporal o se dicte, en su caso, prisión preventiva u otra medida cautelar que limite la libertad o imposibilite el ejercicio del mismo, en cuyo caso procederá la separación a partir de que se notifique la resolución correspondiente y hasta la vigencia de esta, sin que para el efecto sea necesaria la emisión de resolución diversa. Las medidas cautelares descritas en el presente párrafo no podrán ser impuestas tratándose de delito culposo, salvo aprobación de la mayoría absoluta de las diputadas y diputados del Congreso”.
En otro párrafo se estableció que también podrán volver en caso de absolución “y de subsistir el periodo para el cual la persona fue electa o designada”.
Incluso podrán recuperar sus cargos aunque sean hallados culpables de un delito culposo, siempre y cuando su pena no haya sido de cárcel o si su castigo fue conmutado, es decir, remplazado por uno menor.
El mismo artículo solo advierte que, cuando el acusado sea condenado por un delito cometido durante el ejercicio del cargo, no podrá beneficiarse del indulto, amnistía o una figura similar, además de que su separación del cargo será definitiva si el delito cometido fue intencional, sin importar la sanción que se le haya impuesto.
Ley federal ordena separación inmediata
Lo aprobado en Puebla contrasta con lo establecido en la Constitución del país, pues el artículo 111 señala que, tras proceder penalmente contra los gobernadores, diputados y magistrados locales por delitos federales:
“El efecto de la declaración de que ha lugar a proceder contra el inculpado será separarlo de su encargo en tanto esté sujeto a proceso penal. Si éste culmina en sentencia absolutoria el inculpado podrá reasumir su función. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concederá al reo la gracia del indulto”.
De acuerdo con los diputados de oposición, como los legisladores de la coalición Juntos Haremos Historia se negaron a modificar el dictamen este día, buscarán que se modifique en el pleno, para adecuar el texto con la Constitución federal.
Conservan inmunidad de expresión
En la sesión de la comisión el diputado sin partido Marcelo García Almaguer buscó reformar el artículo 38 constitucional, para modificar la inmunidad de opinión que tiene los diputados.
Aunque García Romero y Nora Merino Escamilla (del PES) han sufrido agresiones verbales de legisladores, se negaron a aceptar la propuesta de su compañero, con el argumento de que el dictamen que se discutía no contemplaba modificar dicho artículo.
Como no se reformó, el texto seguirá igual: “los diputados son inviolables por las opiniones que manifiesten en el ejercicio de su cargo”.