Trabajo decente vs. terrorismo laboral
- Luis Soriano Peregrina
Existen diversas formas de relacionarse en el trabajo entre la figura patronal y la trabajadora, pero dos son las antagónicas, una busca la dignificación de los derechos humanos y la otra se acerca más al esclavismo moderno; en una se les ve la necesidad de ser armónica la relación de trabajo viendo a las personas como sujetos de derecho, en la otra se les ve como objetos de producción, una le apuesta al liderazgo con dignidad y el otro el sometimiento mediante el terror. Trabajo decente frente al terrorismo laboral.
De acuerdo al concepto definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptado por la comunidad internacional, trabajo decente es el trabajo productivo de los hombres y las mujeres en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana que forma parte también de la Agenda 2030 en el Desarrollo Sostenible como el Objetivo Ocho, cuya finalidad es “promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos”, donde existen cuatro objetivos estratégicos:
1. Derechos en el trabajo,
2. Oportunidades de empleo
3. Protección social
4. Diálogo social.
Desde la visión de los Derechos Humanos se aspira a lograr que se trate a todo el personal como sujetos de derecho y no simplemente como transacciones de contratación; donde las presiones, la inexperiencia, la incapacidad motivan a que esto no sea una prioridad y entramos en escenarios que son verdaderos infiernos en el ámbito laboral, lo que se llama terrorismo laboral.
¿Qué es el terrorismo laboral?
El terror se define como el sentimiento de miedo o fobia en su expresión máxima. Estas prácticas hostiles y desfavorables son ejercidas por una figura dominante (patronal) o sus áreas u órganos auxiliares en espacios donde existen relaciones de subordinación (relación tradicional obrero/patronal) o de supra-subordinación (la relación entre autoridades de mayor y menor jerarquía) en empresas y/o gobiernos.
Estas prácticas son cometidas de manera directa por la persona titular o por sus órganos auxiliares: áreas de Recursos Humanos, Órganos de Control Interno o incluso personas que fungen como asistentes en auxilio de la persona titular.
El terrorismo laboral es la pretensión de la jerarquía patronal o sus representantes para dominar o someter, mediante actos violentos, físicos, psicológicos o de amenazas, o actos de difamación, para someter a sus trabajadores o subordinados infundiendo terror. En este sentido el terror se utiliza para dominar o provocar que otras personas o un conjunto de personas hagan cosas que de otra manera no harían en el trabajo.
¿Por qué razones se genera el terrorismo laboral?
Cuando el área patronal o su representante exhibe:
1. Rasgos narcisistas (intentar ejercer el control de manera absoluta, sentimiento de grandiosidad, etc).
2. Sentimientos de inferioridad: minimizarse ante quienes tengan mejores cartas de presentación, mejor capacitación o mayor experiencia.
3. Que considere a las y los subordinados herramientas de explotación (esclavitud moderna)
4. Incapacidad o total carencia de liderazgo.
Cuando los subalternos perciben algunos de los rasgos anteriores, no hay un liderazgo legítimo (un titular que los guíe) por lo que se crea la necesidad de tener ese liderazgo en los sindicatos para tener un organismo interlocutor ante el patrón.
Algunas acciones que provocan el terrorismo laboral son:
- Imponer criterios: como el pase de lista aleatorio, promesas que no se cumplen, permisos hasta para ir al baño; donde no hay crecimiento personal ni buen clima laboral.
- Buscar provocar enfrentamientos entre las áreas de dirección al invadir funciones para pretender someter a los mandos directivos,
- No reconocer la trayectoria laboral y desempeño de los colaboradores
- Estigmatizar y discriminar para someter.
- Generar miedo al hacerles creer a los trabajadores que no encontrarán otra oportunidad laboral, un mejor salario o una mejor empresa.
- Desgaste psicológico y/o emocional por cambios reiterativos sin previo aviso, imposiciones dictatoriales, sobrecargas de trabajo, jornadas extensas, acoso en horario de oficina, exigencia de resultados imposibles, etc.
Frente a esto que hacer, generalmente cuando se trata de organizaciones privadas, es decir, son los dueños del capital y del negocio o en las públicas cuando la temporalidad de quien encabeza la organización es obligatoria, como pueden ser cargos de elección popular o designaciones de obligatoria temporalidad, una es el diálogo, la conciliación, el establecimiento de acuerdos, los procesos de paz, ante la resistencia de lo anterior una alternativa legal, democrática, con enfoque de derechos humanos y de protección al trabajo es la agrupación de los trabajadores y la generación del sindicato en el centro de trabajo.
Siempre el diálogo será lo ideal, entendiendo que la base trabajadora es el sostén de la figura patronal. Sin base trabajadora, la figura patronal no es nada y no lograra nada; en las empresas la generación de riqueza y en el sector público el cumplimiento de sus obligaciones legales, aunado a que el T-MEC cuida y guarda estas formas y respeto a los derechos humanos en empresas
En el sector público incluso el incumplimiento del trabajo digno al interior de los órganos relacionados a los derechos humanos, pueden provocar sanciones muy graves al país o entidades federativas que sean permisivos frente a la violación de derechos humanos, discriminación o afectaciones a los trabajadores sean de base o de confianza. Siempre es mejor el diálogo y la reconciliación.
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Abogado, defensor de derechos humanos. Fue subsecretario de Derechos Humanos y primer encargado de la Comisión de Búsqueda en Puebla. Actualmente es director para América Latina de la Organización Mundial de DH y Paz y presidente de Voz Ciudadana por los Derechos Humanos