Trata de menores en México

  • Malinalli García Ruiz
Urge una política de Estado que frene que niñas, niños y adolescentes sean víctima de trata

La trata de personas es una realidad que roba la dignidad y libertad de los seres humanos. En el mundo se han hecho esfuerzos por visibilizarla y castigarla, tan es así que en este 2022 se cumplen 22 años de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, celebrada en Italia, en diciembre del 2000, de la que se derivó el documento marco “Protocolo de Palermo”, en el que se definió el término de este delito.

Según el Protocolo de Palermo, la Trata de Personas es:

“la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.”

Nuestro país ratificó el Protocolo de Palermo en el año 2003, buscando prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Esta firma fue el comienzo de la elaboración de una legislación nacional que visibilizara y castigara esta práctica delictiva. Los primeros esfuerzos se realizaron en el 2006 en el Senado República, encabezados los trabajos por el senador Sadot Sánchez Carreño.

La Ley General Para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctima de estos delitos está cumpliendo una década de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, casualmente el día 14 de junio de 2012.

Lamentablemente a diez años de esta Ley General no se han tenido los resultados esperados, y han sido pocas sentencias las que se han logrado; específicamente en el tema de la trata de menores se ha registrado un incremento alarmante, desde su participación en el crimen organizado: la explotación laboral infantil que se disfraza como trabajo infantil –basta ver los cruceros de las grandes ciudades a miles de niños-, la participación de menores como jornaleros agrícolas, la explotación sexual infantil, la pornografía infantil, adopciones ilegales, vientres de alquiler, etc.

Recientemente con motivo de la conmemoración del 12 de junio, Día Internacional contra el Trabajo Infantil, el Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México dio a conocer que el 58% de las víctimas de trata de personas en nuestro país son niñas, niños y adolescentes; informando que de estos casos el 30% están relacionados con explotación laboral, trabajos forzados y mendicidad forzosa.

Por desgracia estas cifras no les son ajenas a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, quienes tienen muy claras sus competencias que les exige la Ley General en materia de trata de personas; sin embargo, se la pasan echándose a bolita para actuar, específicamente los municipios no actúan porque dicen no estar facultados para perseguir el delito.

El Consejo Ciudadano para la Seguridad y Justicia de la Ciudad de México, también enfatizó que “los datos recibidos en la Línea y Chat Nacional contra la Trata de Personas (LNCTP) 800 5533 000, indican que, en promedio, las y los menores víctimas de explotación laboral y trabajos forzados tienen entre 7 y 17 años. En el caso de las niñas y niños obligados a la mendicidad, las edades están entre 4 y 6 años”. Ante ello pide a la ciudadanía del país que siga denunciando cualquier situación relacionada con el “trabajo infantil”.

En el mundo según la Organización Internacional para las Migraciones se calcula que diariamente 3 mil niñas, niños y adolescentes son víctimas de trata infantil. Como es sabido son grandes las ganancias que deja este ilícito y que puede alcanzar los 10 mil millones de dólares en un año.

Es curioso que como refiere la organización Humanium no exista una definición universal de la “trata infantil”. Señala que uno de los textos que sí lo menciona es la Convención de los Derechos del Niño de 1989.

Esta organización además enfatiza que la trata de menores obedece a las siguientes causas: pobreza, crisis humanitaria, falta de educación (acceso y permanencia), falta de registros de los nacimientos, actividades ilícitas lucrativas, legislación insuficiente e ineficaz, adopción internacional, la utilidad de los niños para ser vendidos, etc. (Humanium).

Es urgente que en México se defina una política pública de Estado que atienda esta grave problemática. Las niñas, niños y adolescentes del país merecen mejores condiciones de vida y mejores oportunidades para su desarrollo. Como sociedad debemos seguir creando conciencia y visibilizando las formas de la trata de personas, sobre todo aquella que se lleva a cabo con los menores de edad. Debe fortalecerse el marco normativo y aplicarse para castigar a los tratantes, y proteger y atender a las víctimas de este delito.

Referencias
1.- Trata de niños. https://bit.ly/3zAfovw
2.- Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos https://www.unodc.org/documents/treaties/UNTOC/Publications/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf
3.- Trabajo Infantil  https://consejociudadanomx.org/contenido/el-58-de-las-victimas-de-trata-son-ninas-ninos-y-adolescentes

 

Opinion para Interiores: 

Anteriores

Malinalli García Ruiz

Politóloga, Maestra en Gobierno y Administración, doctorante en Educación. Diputada Local en la LVII Legislatura del Congreso de Puebla. Integrante del Observatorio de Participación Política de las Mujeres de Puebla. Docente en Educación Superior.