Reforma de pensiones: viabilidad técnica y jurídica

  • Javier Cobos Fernández
La reforma llama la atención, no solo por su impacto, sino por su cuestionable viabilidad

A menos de un año de la conclusión de este sexenio, el gobierno federal presentó un paquete de reformas que a más de uno llamaron la atención. Esta vez, no tanto por pensar en un nuevo proyecto fracasado, sino más bien porque llama la atención la falta de coherencia en los números, en los cálculos y en la certeza con la que, con gran aplomo, se presentan proyectos que serán financiados con recursos, cuya fuente carece de toda certeza, dado que, desde noviembre de 2023, el Poder Judicial (PJ) ya había concedido una suspensión definitiva en función del origen de los recursos, en el caso de la propuesta de utilización de los recursos de los fideicomisos del PJ; o aquellos provenientes del Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública Gubernamental (INAI) que prueban no solo ser evidentemente insuficientes, sino que prueban tener una posible segunda intención. Finalmente, surgió la idea de transferir los recursos de las Afores no reclamadas como una solución efectiva para la operación del Fondo de Pensiones, misma que conlleva sus claros trazos de inconstitucionalidad, con las naturales consecuencias de las que pronto seremos testigos.

La reforma de pensiones para la creación del Fondo de Pensiones del Bienestar, anunciada por el Ejecutivo Federal el 5 de febrero de 2024, ha venido anunciando diferentes alternativas de financiamiento. Revisemos las más relevantes:

Primera Alternativa: Fideicomisos del Poder Judicial

La Secretaria de Gobernación detalló el martes 6 de febrero de este año que se creará un “fondo semilla” de más de MXN64 mil millones, mismos que provendrían en primer término de los Fideicomisos del PJ.

Primera pregunta: ¿Qué no la administración de fondos de pensiones es facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por su propia naturaleza, a diferencia de la Secretaría de Gobernación?

Segunda pregunta: ¿La Secretaria de Gobernación no estaba enterada de que desde noviembre de 2023 la jueza federal de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Elizabeth Trejo, concedió una suspensión definitiva ante el recurso que presentó la Asociación de Magistrados de Circuito y Juzgados de Distrito (JUFED) contra el decreto de reforma que desaparece los fondos, que frenó por tiempo indefinido la transferencia de MXN15,280 millones a la Tesorería de la Federación, recursos que corresponden a los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación extintos por el Congreso de México?

Tercera pregunta: ¿Tampoco se enteró que la primera semana de diciembre de 2023, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez, otorgó una suspensión que frena la eliminación de los trece fideicomisos del PJ, al admitir a trámite las acciones de inconstitucionalidad 214/2023 y 220/2023?

Es entonces cuando estamos hablando de una Secretaria de Gobernación, expone un proyecto al país entero, con base en recursos, cuya disponibilidad carece de certeza.

Entonces, ¿de dónde salió la mágica cifra de MXN64 mil millones?  Para ello, vale la pena dar un vistazo al Paquete Económico 2024 en donde podemos constatar que el pago del erario destinado a Pensiones este año es nada más y nada menos que de MXN1.063 billones, es decir, un millón de millones de pesos. Esto es, el fondo, suponiendo que tuviera bases para su cálculo, y, suponiendo que tuviera certeza en sus fuentes de financiamiento, equivale al 6 por ciento del pago de pensiones y jubilaciones, como podemos constatar la página 50 del documento citado.

Este proyecto de Pensiones del Bienestar podría bien sustentarse en un récord de éxitos que lo respaldan. Veamos cuáles serían:

1. El Tren Maya que recibirá este año MXN120 mil millones en 2024 y moverá, en un año, un menor número de individuos que el Metro de la Ciudad de México (el Metro) en un solo día, y que recibe 6 veces más presupuesto anual en 2024 que el Metro. La obra emblemática se presupuestó inicialmente entre MXN120 mil millones y MXN150 mil millones, cifra que ha sido rebasada aproximadamente en cuatro veces el presupuesto inicial, sin mencionar la serie de escándalos de corrupción y tráfico de influencias de los hijos y allegados del ejecutivo federal en la provisión del material para la mega obra, que, terminó por descarrilarse el 25 de marzo de 2024.
2. La refinería Dos Bocas
, que hoy por hoy se calcula en USD16 mil millones cuando su estimación era de USD8 mil millones, y a la fecha no produce.
3. La cancelación del de aeropuerto internacional en Texcoco que ha costado casi MXN332 mil millones, reconocido por la propia Auditoría Suprior de la Federación (ASE) (1). Esta cancelación, no solo tuvo un costo, sino que el proyecto fue substituido por el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) de MXN116mil millones.  El promedio diario de vuelos del AIFA es de 59 y el del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) es de 890 aproximadamente.
4. El colapso de la lanzadora de dovelas del Tren Interurbano, que mide 200 metros de largo, y tiene un peso de 800 toneladas, se desplomó en la zona de la Presa Tacubaya, en Álvaro Obregón, apenas el pasado 17 de abril. Estamos hablando de una obra de casi MXN100 mil millones de pesos.
5. Estado de la Seguridad Pública. De acuerdo con datos recopilados por Statista, una plataforma global de datos e inteligencia con reconocimiento internacional, los homicidios dolosos agrupados por las últimas seis administraciones se han incrementado en al menos 2.5 veces durante este periodo, sin contar 2023 que superan ya los 15 mil de enero a junio. En el mismo sentido, la cifra de periodistas asesinados se perfila para configurar el sexenio más mortífero de los últimos años.

Fuente: Statista

Segunda Alternativa: Recursos provenientes del INAI

Sabíamos desde el 11 de diciembre de 2023 que el titular del Ejecutivo Federal enviaría dos iniciativas de ley antes de que termine su gobierno, entre ellas, una para desaparecer organismos autónomos, como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE). En su momento señaló que propondrá en su reforma que la aportación del gobierno al fondo de pensiones de los trabajadores sea financiada mediante ahorros por más austeridad republicana o con el presupuesto que reciben organismos, como el INAI.

En el Paquete Económico 2024 -página 60 podemos leer-, que el pago de pensiones asciende a MXN1,500,000 millones, donde el presupuesto del INAI representa solo el 0.077 por ciento del pago de pensiones para 2024, o sea, no llega ni al uno por ciento ni al medio por ciento. ¿Qué diferencia le hace al pago de pensionados? En realidad, ninguna. Sin embargo, sí hace una diferencia en la capacidad de los mexicanos para ejercer su derecho a conocer el uso y manejo de los recursos públicos.

Asimismo, el INAI presupuesta para 2024 MXN1,168 millones de pesos. Esto es, a cada mexicano o mexicana le cuesta aproximadamente MXN9.00 al año (nueve pesos mexicanos anuales). En efecto, eso es lo que nos cuesta a cada mexicano tener una plataforma capaz y facultada constitucionalmente para saber de la aplicación de los recursos de los gobiernos, propiedad de los mexicanos. Comparado con el Tren Maya que ha costado casi MXN4 mil pesos por habitante, la refinería de Dos Bocas MXN2,325.5 pesos por habitante, la cancelación del Aeropuerto de Texcoco unos MXN2,573.6 pesos por habitante, o Segalmex, con un costo de MXN73.6 pesos por habitante, al menos la cifra reconocida por Función Pública.

Nos damos cuenta, entonces, de que tampoco los recursos del INAI podrían hacer frente al gasto de pensiones y que más bien dejaba ver una clara intención por desaparecer una institución, perfectible, pero que al menos nos permite a los mexicanos enterarnos, por ley, y bajo procedimientos perfectamente establecidos, el origen, destino y manejo de los recursos públicos, que son públicos, no propiedad del estado.

La tercera es la vencida: Transferencia de recursos de las Afores no reclamadas

Podría pensar que el Palacio Nacional hicieron cuentas y se percataron que la propuesta del “fondo semilla” presentado por la Secretaria de Gobernación no era viable bajo ninguna perspectiva. Es entonces cuando observamos una repentina prisa por aprobar en la Comisión de Seguridad Social la reforma de pensiones, misma que fue votada y aprobada por mayoría el pasado lunes 15 de abril de 2024. Esta reforma propuso tomar los recursos de las afores no reclamadas, propiedad de los trabajadores para fondear el nuevo sistema de pensiones. Recordemos que el monto de las afores no reclamadas asciende a aproximadamente MXN40 mil millones de pesos. 

Al cierre del año 2020, el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS) contaba con aproximadamente 4.39 millones de pensionados y jubilados en sus registros de población derechohabiente. La cifra registró a finales de noviembre de 2021, el total de pensionados y jubilados en el IMSS superó los 4.59 millones. Un cálculo rápido para dimensionar estas cifras sería, 4.59 millones de pensionados y jubilados, que reciban, ya no digamos MXN 16,700 pesos mensuales como se llegó a mencionar, sino un promedio solamente de MXN 10,000 pesos mensuales. Lo anterior nos arroja unos MXN 45,900 millones necesarios mensualmente para cubrir a los 4.59 millones de pensionados y jubilados. Esto es, no llegaría ni al primer mes que los MXN 40,000 millones provenientes de las afores no reclamadas se estarían agotando.

Entonces, ¿de dónde la premura o prisa por lograr la aprobación de dicha medida? La respuesta es casi obvia: no es para sanear el sistema de pensiones ni a corto, mediano ni largo plazo.

De hecho, un sistema de pensiones solidario intergeneracional, si bien en algún momento histórico en nuestro país era viable, hoy ya no lo es, debido a la pirámide poblacional invertida que tendremos en las próximas décadas.

Entonces, debe haber otra razón u otras razones. La primera, podría ser que esta iniciativa en la que los activos no reclamados, propiedad de los trabajadores, no por el hecho de no ser reclamados, dejan de ser de su propiedad. Por tanto, la aprobación de la iniciativa sienta un grave precedente al respeto al concepto de propiedad privada y extralimitación de la autoridad. La segunda, sería en consecuencia, el establecimiento del precedente de la práctica común de tomar recursos financieros de los trabajadores activos, en otro momento, por decisión mayoritaria en el congreso para “operación de programas sociales”, con independencia de la voluntad de los cuentahabientes activos.

Consecuencia: Lluvia de amparos

Independientemente de las tribulaciones, y el tropezado camino hacia la materialización de la reforma de pensiones, el lunes 22 de abril de 2023 la Cámara de Diputados aprobó finalmente la creación del “Fondo de Pensiones para el Bienestar”. Con modificaciones a seis leyes reglamentarias, Morena y sus aliados avalaron la reforma que contempla un fideicomiso público que reunirá alrededor de MXN40 mil millones de las cuentas de los trabajadores mayores de setenta años que no reclamen su ahorro para el retiro. La mayoría de los recursos se obtendrán de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y de las subcuentas de Vivienda del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), así como de otras entidades del Gobierno.

De manera similar, el 25 de abril de este año el Senado aprobó también la polémica reforma al sistema de pensiones que impulsa el gobierno, a poco más de un mes de las elecciones presidenciales.

Así, el 1 de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto del Fondo de Pensiones del Bienestar.

Salvo su mejor opinión, tomar recursos ajenos sin permiso del titular o propietario de cualquier bien, considero que es algo más que una “transferencia de recursos”, que como comenté anteriormente, vulnera los derechos de propiedad de los titulares de las cuentas de las Afores y sienta un delicado precedente de tomar recursos ajenos sin permiso, si ya fue posible una vez con las Afores de las cuentas no reclamadas…. ¿qué podría seguir?

Ante la citada publicación en el DOF, a la primera semana de mayo de 2024 se han  presentado ya las primeras demandas de amparo y se espera que en las siguientes semanas se sigan presentando más.

El despacho Trusan & Roma Abogados presentó a nombre de 727 personas (tanto trabajadores del sector privado como del Estado) la primera demanda de amparo ante un juez de distrito en materia de trabajo en contra de las reformas a las leyes por las que se creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

La demanda se presentó porque la creación del Fondo viola los principios de seguridad jurídica y de no aplicación retroactiva de la ley.

En primer término, sobre el principio de seguridad jurídica radica en que el hecho de que los ahorros para el retiro en cuentas inactivas se vayan a transferir al Fondo implica cambiarles a los trabajadores las condiciones en cuanto a quién y cómo le va a administrar sus recursos, con la Afore de su elección, bajo las condiciones acordadas, lo que crea incertidumbre jurídica.

En segundo término, sobre la no retroactividad de la Ley, radica en que las condiciones de administración y manejo de las cuentas individuales bajo el marco jurídico vigente fueron establecidas, por ejemplo, en la Ley de 1997, condiciones que no pueden modificarse de manera retroactiva en función de una Ley publicada y con entrada en vigor en 2024.

Una vez que se conceda esa suspensión definitiva, los ahorros de los trabajadores amparados ya no se podrán enviar el Fondo de Pensiones del Bienestar aun cuando estén en cuentas inactivas y se deberán de quedar en las Afores.

Dado que, la llamada Reforma del Sistema de Pensiones publicada en el decreto del 1 de mayo de 2024 no muestra solidez técnica ni solidez jurídica, por lo que hacia delante veremos una serie de argumentaciones, un exponencial incremento de demandas colectivas de amparo de miles de trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, que en cuanto se concedan las respectivas suspensiones definitivas, los ahorros de los trabajadores amparados ya no se podrán enviar el Fondo de Pensiones del Bienestar.

(1) Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S.A. de C.V. Auditoría a la Suspensión y Cierre del Proyecto del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (Texcoco) Auditoría de Desempeño: 2019-2-09KDH-07-1394-2020 1394-DE

 

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Javier Cobos Fernández

Economista por la UDLAP y maestro en Administración Pública por la Universidad de Columbia de Nueva York, con estudios de Maestría en Derecho en el ITAM. Investigador y consultor en análisis económico, transición energética, ESG e ingeniería legislativa en COBOS&ASSOCIATES.COM,