• Sociedad

Ley Federal para Eliminar la Discriminación en México cumple 21 años

  • Jipsy Herrera
El Estado Mexicano tiene como una de sus obligaciones promover el respeto y garantizar los derechos de las personas
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Hace 21 años fue promulgada la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en México, esta ley fue publicada el 11 de junio de 2003 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con el objetivo de que el estado mexicano vele por los derechos de todas las personas y promueva el respeto hacia los mimos.

A partir de la promulgación de esta ley, México ha contado con una legislación reglamentaria federal, en la que el principal objetivo es prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejercen contra las personas, esto dentro de los términos del Artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, esta Ley busca promover la igualdad de oportunidades y trato entre los habitantes mexicanos; por lo que una de las obligaciones del Estado Mexicano es garantizar y respetar los derechos humanos sin discriminar a nadie.

De acuerdo con el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, esta ley se originó gracias al movimiento antidiscriminatorio y a favor de la igualdad que se formó en 2001; conocida como la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación, conformada por 160 comisionados.

Tras la publicación de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el Estado se comprometió a promover condiciones de libertad e igualdad entre las personas, así como que los poderes federales deben eliminar los obstáculos que limiten el desarrollo de los habitantes, tal como se menciona del Artículo 2 de esta ley.

Esta misma ley será considerada dentro de los instrumentos internacionales que se aplican a estos casos y a los que forma parte el Estado Mexicano en materia de derechos humanos; para que esta ley pueda ser aplicada se contará con la intervención de los poderes públicos federales, así como del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, características que figuran en los Artículos 6 y 8, respectivamente. (AD)

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