- Política
Búsqueda inmediata y fiscalía, plantean en ley de desaparecidos
Un fondo para búsqueda, un registro de fosas, uno de personas fallecidas y otro de no localizadas se prevé crear en Puebla con la nueva Ley en Materia de Desaparición de Personas.
La iniciativa presentada en el Congreso del estado por la diputada Estefanía Rodríguez Sandoval (de Morena) busca también que la búsqueda de menores de edad sea inmediata, a raíz de reportes en redes sociales o medios de comunicación, no necesariamente por denuncias formales.
El proyecto elaborado en conjunto con colectivos y organizaciones de búsqueda propone además la formación de un Mecanismo Estatal de Búsqueda, en el cual se establezcan las funciones y atribuciones de cada autoridad y la coordinación entre ellas.
Fiscalía especializada dependería de la FGE
El proyecto de ley propone la creación de una Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de los delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, que dependería de la Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE).
Esta fiscalía ya se contempla en la Ley Orgánica de la FGE, pero a la fecha no se ha creado ni se ha anunciado su formación.
El artículo 7 de la iniciativa de Rodríguez Sandoval expone que la fiscalía especial estaría obligada a iniciar una carpeta de investigación en todos los casos de niñas, niños y adolescentes, de los cuales haya noticia, reporte o denuncia de desaparición, sin importar la circunstancias en las que ocurra.
Se enfatiza que la búsqueda tendrá que emprenderse de inmediato tras conocerse el caso y se aplicará el protocolo de búsqueda de menores de edad, aunque deberá acompañarse con otros, como la Alerta Amber o el Protocolo Alba.
El artículo 10 señala además que en los casos donde se localice a la víctima y se determine que existe un riesgo en contra de su vida, integridad o libertad, el Ministerio Público deberá dictar medidas urgentes de protección especial.
La norma no prevé medidas por desapariciones breves o voluntarias, como las señaladas por el gobernador Miguel Barbosa Huerta, sobre quienes deciden irse de sus hogares con sus parejas sentimentales.
Fondo económico estatal para búsqueda
La ley plantea la creación de un Fondo Estatal de Desaparición, con el cual se sostendrían las actividades que realizará la Comisión Estatal de Búsqueda, que actualmente ya existe.
El artículo 47 expone que el fondo recibirá cada año al menos el 0.05 por ciento del presupuesto total del estado y recibirá los recursos provenientes de la enajenación de bienes decomisados por su relación con delitos en materia de desaparición.
Recibiría recursos federales, donaciones o aportaciones hechas por terceros y la Auditoría Superior del Estado (ASE) estaría facultada para fiscalizar el dinero.
Registro de fosas
En el artículo 67 se estipula que la fiscalía especializada deberá contar con un Registro Estatal de Fosas, que concentrará la información de todas las que existan en cementerios y panteones de todos los municipios de la entidad, así como de las fosas clandestinas que se localicen en el estado.
Enfatiza que el registro deberá estar interconectado en tiempo real con el Registro Nacional de Fosas y la Comisión Estatal de Búsqueda podrá acceder al Registro Estatal de Fosas en cualquier momento.
La fiscalía también estará a cargo del Registro Estatal de Personas Fallecidas y la comisión del Registro de Personas Desaparecidas, que igual deberán estar conectados con los registros nacionales.
Reparación del daño
Para la reparación del daño de las víctimas o familiares, el artículo 84 contempla medidas de cinco tipos: de satisfacción, restitución, rehabilitación, compensación y de no repetición.
Algunas de estas medidas van desde la atención psicológica y jurídica, cobertura de daños patrimoniales, disculpas públicas y hasta construcción de monumentos o memoriales.
La iniciativa de Rodríguez Sandoval fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos, que ella preside, y a la de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y posible aprobación.
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