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TEPJF confirman sanciones del INE al PRI por rentar inmuebles

También resuelve como válida elección en la junta auxiliar Lázaro Cárdenas
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La Sala Regional Ciudad de México confirmó las determinaciones del INE, relacionadas con diversas sanciones impuestas al PRI en Puebla y Ciudad de México, derivadas de irregularidades encontradas en sus informes de ingresos y gastos correspondientes al ejercicio 2017.

Por cuanto hace al Estado de Puebla, la infracción sancionada derivo de la obtención de ingresos de manera indebida al dar en arrendamiento un bien inmueble de su propiedad.

A consideración de la Sala, es correcta la determinación del INE porque de conformidad con la ley, los bienes inmuebles de los partidos deben destinarse para realizar sus fines constitucionales y el arrendamiento no cumple con un fin propio del partido, además que el uso, goce y disposición de dichos inmuebles, debe sujetarse a los parámetros constitucionales y legales que rigen su naturaleza; por lo tanto, no es un mecanismo válido para obtener ingresos para su financiamiento. (SCM-RAP-21/2019)

Por cuanto hace a la Ciudad de México, las sanciones fueron porque ese partido no aportó los elementos necesarios para acreditar las circunstancias y propósitos para los cuales utilizó los recursos, además que omitió hacer las aclaraciones que permitieran demostrar su finalidad constitucional o legal.

Por otra parte, no acreditó haber realizado el pago a las autoridades hacendarias de las contribuciones pendientes de 2015. (SCM-RAP-22/2019)

Desechan demanda contra elección en Lázaro Cárdenas, Puebla

La Sala Regional Ciudad de México desechó la demanda con la cual se pretendía controvertir la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla relacionada con la elección de la Junta Auxiliar de Lázaro Cárdenas, municipio de Venustiano Carranza, en dicho estado.

La controversia estaba encaminada a combatir la declaración de validez de la elección; sin embargo, al resultar extemporánea, la sentencia dictada por el tribunal local que confirmó dicha elección quedó intocada. (SCM-JDC-120-2019)

Foto: Especial

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