• Política

Plantea Gali demandar reparación del daño por violencia de género

  • María Pineda
La propuesta contempla reformas al Código Civil como parte de las medidas para prevenir, erradicar y sancionar los actos de discriminación hacia las mujeres
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Incluir los actos de violencia por razón de género como parte de los delitos en los que se puede solicitar la reparación del daño, forma parte de la iniciativa enviada por el gobernador Antonio Gali Fayad al Congreso local este martes.

La reforma que impulsa el mandatario estatal modificaría la fracción IX del artículo 1961, además de que adiciona el artículo 1996 Quáter del Código Civil.

Los cambios propuestos por Gali Fayad son parte de las medidas para prevenir, erradicar y sancionar las conductas discriminatorias contra la mujer en Puebla.

La primera modificación que el Ejecutivo contempla es la de incluir como parte los ilícitos en el que se puede considerar la reparación del daño a los actos de "violencia con razón de género" como lo precisa la fracción IX de la propuesta.

Para establecer la medida bajo la que se repararía el daño, el Ejecutivo adiciona el artículo 1996 Quáter, el cual formaría parte de la Sección Segunda Monto de la Reparación del Daño del Código Civil.

La propuesta indica que en caso de que el ilícito genere un daño por violencia por razón de género, el condenado tendrá publicar la sanción, pero si la afectación hacia la persona dañada se difundió en medios de comunicación, se tendrá que publicar una disculpa.

"En caso de que el hecho ilícito que generó el daño fuese la violencia por razón de género, el juez ordenará, a petición de la persona afectada y a costa del condenado, se publique la sentencia que imponga la reparación. Asimismo, si el daño tuvo difusión en los medios informativos el juez ordenará al condenado publique una disculpa con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original, con independencia de los costos que esto origine", expresa la propuesta de adición al artículo 1996 Quáter.

La iniciativa de Gali Fayad se presenta tras el proceso electoral, en el cual la candidata de "Por Puebla al Frente", Martha Erika Alonso Hidalgo, acusó a Luis Miguel Barbosa Huerta de actos de violencia política por razón de género.

En julio de 2017, la bancada del PAN frenó la tipificación de la violencia política de género, propuesta por las diputadas Socorro Quezada Tiempo y Silvia Tanús Osorio.

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Permitirá que apellido materno se anteponga al paterno

Otro de los cambios propuestos al Código Civil por parte de Gali Fayad, es que el apellido materno se pueda anteponer a paterno.

La modificación al artículo 64 se justifica en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucional el que se indique que el primer apellido a registrarse en un acta de nacimiento deba ser el paterno.

"El progreso de la igualdad de género es una meta importante, por lo cual no se encuentra justificado el limitar el derecho de los padres a decidir el orden de los apellidos de sus hijos, a partir de prejuicios o medidas que pretendan perpetrar situaciones jerárquicas de superioridad del hombreen las relaciones familiares", precisa el proyecto de reforma.

La propuesta de Gali Fayad aclara que si bien en el Código Civil no se expresa el orden de los apellidos, se debe establecer la libertad de la que gozarán los padres para elegir su orden.

"El nombre propio será puesto libremente por quien declare el nacimiento de una persona, y los apellidos, serán el del padre y el de la madre, en el orden que de común acuerdo determinen, o en su caso, sólo los de aquél o los de ésta, sean tales apellidos simples o compuestos. En caso de no existir acuerdo entre los padres, el orden de los apellidos se determinará por orden alfabético de los mismos", indica la reforma propuesta al artículo 64 del Código Civil.

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