A 10 años de la concesión del servicio de agua potable

  • Valentina Campos Cabral
Ante los impactos negativos del otorgamiento a un privado, colectivos buscan su revocación

El presente texto fue realizado por la autora en coordinación con el Dr. Rafael Rodríguez Moreno*

El artículo 35 de la Constitución Política Mexicana, en su fracción VIII, expresa que son derechos de la ciudadanía votar en consultas populares sobre temas de trascendencia nacional o regional, las cuales podrán ser convocadas con al menos 2 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad; siendo su resultado vinculante cuando la participación total responda al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

Este derecho constitucional para la ciudadanía, a diez años de la concesión del servicio de agua potable y saneamiento en la ciudad de Puebla y municipios conurbados, es el sustento para que diversos colectivos organizados como Puebla Consulta, busquen reunir firmas necesarias para solicitar la revocación de la concesión a la empresa Agua de Puebla, a través de una consulta popular.

Los argumentos principales para ello son los proporcionados durante la última década por organizaciones como la Asamblea Social del Agua, al analizar los impactos negativos del otorgamiento a un privado del servicio de agua potable y saneamiento: el incumplimiento de la mejora del servicio, el incremento de cuotas, la mala calidad del agua, la falta de saneamiento de las aguas municipales, el no funcionamiento las plantas de tratamiento, el incumplimiento en la inversión en infraestructura a la que estaban obligados al obtener la concesión, lo que en conjunto impide  acceder adecuadamente al derecho humano al agua resguardado en el párrafo sexto del artículo 4 constitucional: agua suficiente, salubre, aceptable y asequible.

Esta medida ciudadana es relevante porque es la propia población que puede decidir ante la ambigüedad en la representación de los intereses de algunos sectores de la población, el destino de quién gestiona un servicio básico, indispensable e insustituible.

Por el momento hay una amplia movilización para recabar en el menor tiempo posible el número de firmas que indica la Constitución. Otro momento vendrá cuando la autoridad electoral verifique lo entregado y comience el procedimiento. Ya estará en el poder y responsabilidad de la población ejercer su derecho al voto en una consulta pública y decidir si desea o no, que el agua potable se quede en el ámbito particular o retorne a manos públicas.

Sus comentarios son bienvenidos al correo: saladeprensa@iberopuebla.mx.

 

Dr. Rafael Rodríguez Moreno
Licenciado en Derecho, maestro en Derecho Privado con estudios de Maestría en Educación Humanista; y Doctorado en Desarrollo, Medio Ambiente y Territorio, todos los estudios en la Ibero Puebla. Se ha desempeñado como servidor público en la PROFEPA y el Ayuntamiento de Puebla.

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Valentina Campos Cabral

Doctora en Estrategias para el Desarrollo Agrícola Regional por el Colegio de Postgraduados de donde es maestra en Estrategias para el Desarrollo Agrícola Regional; licenciada en Biología por la BUAP. Se desempeña como directora del Instituto de Investigaciones en Medio Ambiente Xabier Gorostiaga, SJ (IIMA) de la Ibero Puebla.