Dra. Norma Estela Pimentel Méndez*
La pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) de la enfermedad COVID-19, afecta a nivel mundial y local. Autoridades de todos los poderes y niveles de gobierno en México han emitido directrices con el objetivo de prevenir, mitigar y controlar dentro de sus territorios, el contagio de esta enfermedad grave de atención prioritaria.
Algunas entidades federativas se anticiparon a decretar medidas de contención antes de que el 19 de marzo el Consejo de Salubridad General, la declarara como enfermedad grave, dando paso a un caudal de Decretos emitidos en algunas ocasiones por la Secretaría de Salud, en otras por el Presidente de México, con el objetivo de establecieron medidas sanitarias preventivas y reactivas como la suspensión temporal de actividades de diversos negocios en los que por razón de sus giros, donde se considera existe mayor concentración de personas, dando paso a los acuerdos de suspensión de términos procesales en los poderes judiciales y organismos autónomos similares en materia administrativa.
No sólo en México, a nivel mundial este virus nos ha tomado por sorpresa, dejando claras muestras de que a nivel administrativo, las acciones se deben comunicarse en un mismo sentido para generar confianza y certeza en la población. Es desafortunado que en México, pese a la sospecha de que las cifras se vean disminuidas por incluir “neumonía atípica” en las historias clínicas, el resultado sigue siendo la escalada de contagios, con implicaciones en salud pública como la posible saturación de servicios, falta de acceso a insumos elementales para el personal, descontrol en la disposición de cadáveres, con el eventual descontento social.
La necesaria ampliación de la cuarentena nos ha generado más incertidumbre con relación a la manera en que se enfrentarán las otras pandemias: la que está ocurriendo en materia económica ante la pérdida de empleos y cierre de empresas, con las medidas que se han dictado para otorgar microcréditos o los apoyos anunciados para atender a la clase media, que no terminan de satisfacer a especialistas de la materia al carecer de elementos que permitan identificar la eficiencia y propia sostenibilidad de las acciones decretadas; por su parte, la violencia que están viviendo en sus hogares niñas y mujeres cobra visibilidad en medios de comunicación nacionales y locales, ante la falta de perspectiva integral del fenómeno que pretende romantizar los círculos de violencia.
Mientras procuramos atender los anuncios que mañana y tarde previenen sobre nuevos decretos de acciones públicas federales, algunas autoridades municipales han preferido quedarse en silencio, realizando una ambigua interpretación al “ACUERDO por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2”, del pasado 30 de marzo, han olvidado sus responsabilidades legales pues prefieren no tener sesiones de cabildo, ni estancias municipales para la atención de niñas y mujeres, menos primeros respondientes atentos a los llamados que por parte de la ciudadanía puedan recibir.
En medio de justificaciones por temor a actuar fuera de lo que opine el siguiente nivel de gobierno, hay quienes desde su espacio de incidencia municipal olvidan que su inactividad genera responsabilidades, sobre todo si destacamos que en ese acuerdo se indicó que servicios de salud, seguridad pública y protección ciudadana, procuración e impartición de justicia, distribución de agua potable, servicios de mensajería, guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas adultas mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, operación de los programas sociales del gobierno, infraestructura indispensable para: agua potable, energía eléctrica, gas, petróleo, gasolina, turbosina, saneamiento básico, transporte público, infraestructura hospitalaria y médica, NO DEBE SUSPENDERSE.
Bien por quienes están con su ejemplo demostrando que a nivel municipal, su prioridad es su población. No es tiempo de atemorizarse por ejercer con responsabilidad la libertad que les reconoce el artículo 115 de la Constitución Política, más bien, de aplicar todos sus recursos para garantizar que en su ámbito de competencia, las acciones en materia de atención a salud, prevención de violencia, seguridad y economía local, ocurran en tiempo y forma.
*Doctora en derecho, especializada en rendición de cuentas, derechos humanos, transparencia, combate a corrupción y género.
Opinion para Interiores:
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Abogada certificada por la Barra Mexicana de Abogados. Autora del e-book “Marco jurídico de las comunicaciones”. Speaker Tedx BUAP Wowen 2019. Impartió seminarios y diplomados con perspectiva de género