¿Por qué legislar la participación ciudadana?

  • Nicéforo Rodríguez Gaytán

En México las prácticas participativas han sido el resultado de mecanismos de participación condicionados por formas propias de un régimen autoritario en el que la participación, tiene una estrecha relación con la búsqueda y mantenimiento del poder.

En el ámbito municipal, las autoridades municipales sólo abren procesos participativos en la medida que puedan mantener el control sobre los resultados. De modo que en los municipios, la participación ciudadana no se promueve, por el temor de ceder espacios de poder y decisión a los ciudadanos.

De acuerdo con investigaciones realizadas por el sociólogo de la Universidad Nacional Autónoma de México Dr. Manuel Durand Ponte, se distinguen cinco factores que condicionan el grado de participación ciudadana existente en los municipios mexicanos, entre éstos se encuentran: la rentabilidad electoral, el peso de la presión ciudadana dependiendo su importancia, las preferencias ideológicas del partido gobernante, la participación por imitación de otras localidades y el monopolio de los recursos institucionales ejercidos por las élites políticas de los ayuntamientos, para liderar el proceso de transformación de demandas mediante mecanismos rígidos de organización. A esto se suman factores sociodemográficos, falta de tiempo, recursos, apatía y desinterés de los ciudadanos.

Uno de los principales obstáculos que enfrenta la participación ciudadana en los municipios es la forma como se ha hecho el reconocimiento legal de los procesos para llevarlos a cabo, pues existen vacíos jurídicos que conducen a relaciones asimétricas de poder entre los habitantes de los municipios y las autoridades gubernamentales.

Según datos de la Secretaría de Desarrollo Social federal de las 32 entidades federativas en México 12,  no cuentan con leyes específicas de participación ciudadana entre ellas se identifican: Chihuahua, Estado de México, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tlaxcala, Sinaloa y Veracruz.

En el caso de Puebla con base en disponibilidad de registros, el primero de febrero de 2011 fue presentada a la LVI legislatura una iniciativa de ley de participación ciudadana de competencia estatal y municipal, sin embargo no fue aprobada.  

En la Constitución del estado se reconoce como prerrogativa de los ciudadanos participar en procesos de referéndum, plebiscito e iniciativa popular, señalados éstos como procesos de participación ciudadana.

Para los municipios de la entidad, el capítulo XIX de la ley orgánica municipal que comprende de los artículos 188 al 193,  refiere a la participación ciudadana en el gobierno. En dicha ley para fomentar el desarrollo democrático e integral a través de las administraciones municipales, se contempla la existencia de consejos ciudadanos como instancias básicas, flexibles y plurales de participación ciudadana, como órganos de promoción y gestión social, auxiliar de los ayuntamientos, con las facultades de: Coadyuvar al cumplimiento eficaz de los planes y programas municipales aprobados, promover la participación y colaboración de los habitantes y vecinos en todos los aspectos de beneficio social; y proponer al ayuntamiento actividades, acciones, planes y programas municipales, o para modificarlos en su caso.

Desde la óptica formal, se puede definir a la democracia como “la forma de gobierno en la que el número más amplio posible de individuos adultos de la colectividad (los ciudadanos) participa libremente en la adopción de las decisiones colectivas a través de procedimientos preestablecidos” (Salazar, 2004).

Con base en el contexto jurídico de los municipios poblanos y la definición anterior, ¿cómo puede darse cumplimiento a las disposiciones de la Constitución y la ley orgánica, sino existe una ley que determine los procedimientos específicos en dónde se señalen las formas concretas de cómo los ciudadanos pueden participar en el cumplimiento de proyectos, programas, planes, es decir, en los procesos de decisiones que habrán de orientar las acciones de la administración pública que las autoridades municipales realizarán?

Y es que la existencia de reglas contenidas en una ley o leyes de participación ciudadana en los municipios, permitiría la atención de necesidades y la solución de conflictos,  sin necesidad de recurrir a la represión o violencia  pues en ocasiones, se considera la emergencia de movilizaciones, demandas y expresiones sociales, como actos que atentan contra la estabilidad del sistema político y no como expresiones naturales y propias de cualquier sistema que se catalogue como democrático.

La mirada teórica de la democracia participativa, subraya el incremento del involucramiento e influencia de los ciudadanos en la dimensión política, respaldado por leyes, que formalizan mecanismos participativos que les permitan expresarse en otros espacios que van más allá de la elección de representantes.

De esta forma, los integrantes del poder legislativo en el estado y las autoridades de los ayuntamientos en Puebla, deben comprender que es necesaria una reglamentación que resalte la importancia de la participación ciudadana en los municipios, para tratar de reducir la crisis de representación y transitar al camino de la calidad de la democracia municipal. Pero esto también depende en gran medida, de la voluntad política de otros órdenes de gobierno.

La participación ciudadana en los municipios, necesita de reglas formales para que de manera individual o colectiva los ciudadanos  puedan  intervenir o tomar parte de las cuestiones públicas para alterar y modificar el orden político y social.

Aunado a los factores políticos para la aprobación de la normatividad en la materia, no hay que dejar de considerar la capacidad que se tiene en los municipios para su implementación, dada la heterogeneidad de la composición social.

Por lo tanto la participación ciudadana en los municipios es un proceso complejo que requiere de conciencia, voluntad, compromiso, recursos, tiempo, capacidades, pero que si inicia con su materialización en ley, tanto gobernantes como ciudadanos podrán tener mayor certeza y confianza de las reglas del juego democrático. 

 

 

nish76@hotmail.com

 

 

 

  

 

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Nicéforo Rodríguez Gaytán

Líder estudiantil. Miembro del PSUM, PMS, PRS y PRD. Estudió de nivel medio, superior y Posgrado en la BUAP. Doctor en Ciencias Políticas UNAM. Profesor investigador, Facultad de Derecho y C.S. BUAP