Estado de Emergencia

  • Eduardo García Anguiano
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Mucho se ha escrito sobre la situación de la seguridad en esa entidad federativa, a veces relacionada con la ausencia del gobernador o su reciente regreso a sus funciones y hasta sobre la desaparición de los poderes locales.

Algunos han pensado en el estado de emergencia como uno de los regímenes de excepción que puede dictar un gobierno en situaciones difíciles, generalmente para casos de alteración de la paz o del orden interno producto de catástrofes, enfermedades contagiosas, graves circunstancias políticas o civiles que afectan e impiden la vida cotidiana de una comunidad, región o país.

Durante el estado de emergencia el gobierno se reserva el poder de restringir o suspender el ejercicio de algunos derechos ciudadanos y las fuerzas armadas del país pueden asumir el control del orden interno.

Hasta donde sabemos la última vez que se suprimieron las garantías individuales en México fue en 1942, presentándose la iniciativa ante las Cámaras por el entonces presidente Manuel Ávila Camacho, con motivo de la declaración del estado de guerra a Italia, Alemania y Japón.

Si vemos lo sucedido en un país cercano aunque con una historia diferente a la nuestra en el tema, recordaremos que Guatemala decretó Estado de Sitio el 2 de mayo pasado en cuatro municipios del oriente para controlar la violencia desatada por las protestas contra las operaciones de una mina de capital canadiense, el asesinato de un policía, el secuestro de otros 23 y la presencia de Los Zetas: http://www.excelsior.com.mx/global/2013/05/02/897095

Por otra parte, en Venezuela incendiaron un avión que invadió su espacio aéreo, ambas fueron señales de fuerza de los gobiernos ante fenómenos fuera de la ley, mientras que por estas latitudes los mensajes van en sentido opuesto: los diputados federales encubrieron al hermano del anterior gobernador michoacano para que al tomar protesta como diputado, no pudieran detenerlo por sus vínculos con el crimen organizado descubiertos en una conversación grabada, se revelaron las audiencias que los senadores en su sede oficial dieron a los Caballeros Templarios y nos enteramos de las reuniones entre sus dirigentes con miembros de las campañas político – electorales y hoy funcionarios de gobierno: http://www.milenio.com/firmas/ciro_gomez_leyva/Gordito-va-colamos-interinos_18_194560585.html

Los enfrentamientos armados, bloqueos carreteros, extorsiones, amenazas, homicidios, otros delitos del orden común y federal, tomas de palacios municipales y desarme de policías, funcionarios coludidos, la presencia de grupos armados de manera ilegal y retenes en las vías de comunicación ¿serán motivo suficiente para decretar un estado de emergencia?

El artículo 29 constitucional nos dice: “En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las secretarias de estado y la Procuraduría General de la República y con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquél no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la restricción o suspensión se contraiga a determinada persona….”

El texto constitucional menciona otras cosas relativas al estado de emergencia, lo que no contiene es la posibilidad de que un mandatario estatal lo solicite al Presidente de la República, como a veces hemos escuchado en los medios de comunicación cuando se comenta la situación en Michoacán.

El camino está señalado, corresponde al Ejecutivo la decisión y a su equipo la asesoría para decretar el estado de emergencia, ellos tienen más información y mejor análisis de la situación en esa entidad federativa que el común de los ciudadanos, pero también tendrán elementos para no hacerlo.

Sin embargo, a veces salta a debate si Michoacán requiere de un tratamiento al estilo George Patton, general americano que combatió en la segunda guerra mundial, quien dijo: "Un buen plan ejecutado hoy es mejor que un plan perfecto ejecutado en algún momento indefinido en el futuro".

 

Eduardo García Anguiano

@EGAnguiano

21 de noviembre de 2013

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Eduardo García Anguiano

Sociólogo y Maestro en Administración Pública. Ha laborado en el gobierno federal y gobiernos locales en áreas de seguridad, gobierno y salud. Ha sido profesor en: UDLAP, IMIDECIP, Instituto Técnico de Formación Policial de la CDMX y en el INAP.