• Política

Exonera el TEPJF a Gali por actos anticipados de campaña

  • María Pineda
La Sala Regional del Distrito Federal desechó el juicio de revisión que la coalición 5 de Mayo interpuso en contra del alcalde electo
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Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró a Antonio Gali Fayad, ex candidato de la alianza Puebla Unida, por supuestos actos anticipados de campaña, al aparecer junto con el gobernador Rafael Moreno Valle en la portada de la revista Líder.

La sentencia del órgano jurisdiccional se suma a las resoluciones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) y del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), autoridades que también desecharon las quejas que promovió la coalición 5 de Mayo (PRI-PVEM).

Fue el 8 de mayo cuando ambos partidos presentaron la primera denuncia contra Gali Fayad, entonces candidato de la alianza Puebla Unida, con el argumento de que la promoción del ex secretario de Infraestructura en la publicación fue con la intención de promocionar su imagen con un fin electoral.

La resolución del  IEE se dio hasta el 28 de junio, luego de que el TEEP reconoció que los consejeros electorales incurrieron en prácticas dilatorias, como lo acusó Silvino Herrera Espinosa, representante de la coalición 5 de Mayo.

La consejera Olga Lazcano Ponce señaló que en las pruebas aportadas por la coalición PRI-PVEM, no se advierte que la promoción hecha por la revista tuviera la intención de “obtener la candidatura o difundir una idea política” sino transmitir  “opiniones, ideas y críticas en relación con temas de interés colectivo”.

El resolutivo que presentó la Comisión de Quejas y Denuncias, a cargo de la consejera Dahlel Lara Gómez, refirió que para considerar un acto anticipado de campaña a la promoción que recurrieron Rafael Moreno Valle y Gali Fayad -entonces secretario de Infraestructura- era necesario la utilización del emblema de un partido.

“No asiste la razón al denunciante (…) el material probatorio en el expediente no se desprende que las imágenes sean propaganda electoral con el fin de difundir al gobernador Rafael Moreno Valle y de Antonio Gali Fayad con algún fin electoral, por el contrario, dichas publicaciones se encuentra tutelados por el derecho a la libertad de expresión e imprenta”.

Ante esto, la alianza bipartidista impugnó la determinación de los consejeros ante el Tribunal Electoral del  Estado de Puebla (TEEP).

Sin embargo, el 26 de julio pasado, los magistrados confirmaron la decisión del IEE de exonerar a Gali Fayad, al mandatario estatal, la revista Líder y a la alianza Puebla Unida, al considerar como inoperantes los agravios que  presentó la coalición 5 de Mayo.

El tercer falló a favor del futuro alcalde de Puebla, se dio jueves este en la sesión pública de la Sala Regional del Distrito Federal.

El juicio de revisión SDF-JRC-0040-2013 tuvo como ponente a la presidente de la Sala, Janine Otálora Malasis,  magistrada que sentenció que los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), esgrimieron el mismo argumento que ante el TEEP y no la resolución de éste.

“En el asunto de cuenta se propone estimar inoperantes los agravios de la coalición actora (5 de Mayo), ya que los mismos son esencialmente una transcripción literal de los expuestos en la demanda (…), razón por la cual no se encuentra encaminados a controvertir las razones en que el tribunal responsable sustentó su sentencia”, explicó la magistrada.

Además, la juez federal señaló que el juicio de revisión no se encaminó a cuestionar la resolución que los magistrados locales dieron en su momento.

De esta manera, Gali Fayad logró por tercera ocasión que las autoridades electorales lo exoneren de la promoción que la revista Líder hizo de su imagen durante los meses de febrero, marzo y abril a través de anuncios espectaculares y parabuses.

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