Internacionalización del capital
- Norma Estela Pimentel
Cada vez son más quienes manifiestan interés por comprender la manera en que se ha venido dando la internacionalización del capital, generando cambios en las relaciones de consumo crediticio, en los agentes financieros nacionales cada vez más transnacionalizados, la forma de negociar los activos, las deudas, y más aún, con la posibilidad de crear instrumentos bursátiles en mercados de derivados (opciones, futuros, swaps) tendientes a la especulación y obtención de recursos con altos riegos más que a la necesidad de afrontar las responsabilidades por el endeudamiento.
Son muchos los escenarios donde consideramos oportuno ubicar los efectos económicos del ideal de integración mundial. En materia jurídica es pertinente mencionar que el reflejo de las políticas públicas neoliberales se han expresado en Ley del Mercado de Valores -novedosa desde 2006 y alcanzada por los recientes efectos de la Reforma Financiera.
Posibilidades de mercados over the counter, con la figura de negocios extrabursátiles que reconoce e intenta poner reglas a la especulación de operaciones fuera de mercados bursátiles, situación un tanto contradictoria; la autorregulación, para emitir normas jurídicas derivadas de diversos organismos no gubernamentales, como la propia Bolsa Mexicana de Valores; nuevas formas de sociedades anónimas como la bursátil, la anónima promotora de inversión, o la sociedad anónima promotora de inversión bursátil, deberán regirse en primera instancia por las disposiciones concretas de la Ley del Mercado de Valores y posteriormente adecuarse a las regulaciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, abre la puerta a modificaciones estructurales corporativas para la toma de decisiones accionarias, con controles para el gobierno corporativo y modificaciones a los derechos de minorías, de acuerdo con los parámetros de la Sarbanes-Oxley Act que marcó el parteaguas en las regulaciones norteamericanas sobre la materia.
Después de lo anterior surgen algunas interrogantes: ¿Para crear imagen de estabilidad, transparencia, seguridad y rendición de información, las disposiciones jurídicas nacionales deben amoldarse a las emitidas en otros países? ¿Quién debiera establecer la normatividad para los negocios bursátiles, la empresa, el Estado, los organismos financieros internacionales? ¿Cómo se pueden controlar los efectos de la denominada “globalización financiera” en un país que ha mostrado poco desarrollo en la cultura del ahorro y la inversión? Con el favor de su lectura daremos continuidad a este interesante tema que se presenta como una opción para el refinanciamiento de la empresa pública y privada.
Agradezco, con mucho respeto sus comentarios y sugerencias en: normapimentel@hotmail.com. Tenemos una propuesta, la creación y fomento a la Cultura de Legalidad.
Opinion para Interiores:
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Abogada certificada por la Barra Mexicana de Abogados. Autora del e-book “Marco jurídico de las comunicaciones”. Speaker Tedx BUAP Wowen 2019. Impartió seminarios y diplomados con perspectiva de género