• Política

Morena presenta iniciativa para regular ejercicio periodístico en Puebla

  • Ricardo Juárez
La propuesta señala acciones a las que deberán abstenerse los medios; también habla sobre convenios y coordinación gobierno-empresas
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En el Congreso de Puebla se presentó la iniciativa de ley para el Libre Ejercicio del Periodismo en el Estado de Puebla, la propuesta ordena a los periodistas a conducirse con veracidad, objetividad, responsabilidad, a respetar la privacidad y la dignidad humana; sin embargo, no define cómo se determinará la violación de los preceptos.

El diputado de Morena, Andrés Villegas Mendoza, presentó la iniciativa de ley que contiene 45 artículos, entre los que se detalla qué si pueden hacer los periodistas y qué no, además de la injerencia del gobierno del estado y los municipios en el trabajo periodístico.

Resalta un apartado en donde hace referencia a “abstenerse de invadir la vida privada de las personas”, lo cual podría ser sancionado, pues así lo estipula la iniciativa.

Destaca, entre otras cosas, el Artículo 4, donde señala que “para el cumplimiento de la presente ley el Gobierno del estado podrá celebrar convenios de colaboración y coordinación con dependencias (…) así como con las empresas periodísticas o propietarios de los medios de comunicación que operan en el estado”.

Además, en entrevista, el diputado Villegas señaló que los convenios de publicidad se otorgarán siempre y cuando se verifique la veracidad de los medios de comunicación.

Entre los argumentos de la ley se especifica que se busca reconocer, promover respeto y proteger a los periodistas, pero también señala acciones que deberán “abstenerse” de diversas acciones que establece el Artículo 44.

Dicho artículo señala “trabajadores de la prensa y medios de comunicación deben abstenerse” de realizar las siguientes conductas:

  • Incurrir voluntariamente en error o falsedad de hechos en sus informaciones
  • Adulterar intencionalmente opiniones y declaraciones de terceros
  • Negarse a rectificar debidamente los errores de hechos en que haya podido incurrir al informar sobre personas, sucesos y declaraciones
  • Adulterar o tergiversar intencionalmente las informaciones con el objetivo de causar daño o perjuicio moral a terceros
  • Invadir la vida privada de las personas
  • Ejercer su profesión haciendo apología de cualquier forma de violencia, odio, discriminación o racismo

Sin embargo, esta ley no especifica quién o cómo se determinará la violación de esta normativa.

En el Artículo 12 señala lo referente al derecho a mantener el secreto profesional y refiere que no podrá ser limitado, salvo por decisión judicial.

Además, el Artículo 43 habla sobre los principios éticos a los que deben regirse los periodistas, que son veracidad y exactitud, objetividad, responsabilidad, integridad y respetar la vida privada y dignidad humana.

Esta ley también señala qué acciones no pueden realizar los gobiernos estatales y municipales en el periodismo, como definir una línea periodística de forma directa o indirecta, al igual que los directores de medios de comunicación.

Asimismo, precisa que se debe respetar la conciencia de sus trabajadores, lo cual debe ser un derecho que lo establece la ley general de trabajo.

En el Artículo 45, y último de la iniciativa, se consideran sanciones, las cuales serán las que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con independencia de las del orden civil o penal que procedan.

La iniciativa de Morena fue turnada a la comisión de Gobernación, que preside el diputado Julio Miguel Huerta Gómez, para analizarla los siguientes días. (CR)

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