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TEEP batea impugnación de diputados sin partido; serán expulsados del PRI

  • Anaid Piñas
Del estudio del caso, a cargo de la magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez, las quejas presentadas se declararon como improcedentes
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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desechó las impugnaciones de cinco diputados locales que intentaron revertir su expulsión del Partido Revolucionario Institucional (PRI), tras renunciar a su fracción parlamentaria en el Congreso de Puebla y posteriormente a su militancia.

Se trata de los ahora legisladores sin partido Charbel Jorge Estefan Chidiac, Laura Ivonne Zapata Martínez, Juan Enrique Rivera Reyes, Norma Sirley Reyes Cabrera, y Adolfo Alatriste Cantú.

En sesión pública, el pleno del TEEP resolvió los juicios de la ciudadanía TEEP-JDC-016/2024, TEEP-JDC-017/2024, TEEP-JDC-018/2024, TEEP-JDC-019/2024, y TEEP-JDC-020/2024, promovidos por los cinco diputados expriistas en contra de las autoridades partidistas del tricolor, por la dilación de su renuncia y su expulsión partidaria.

Del estudio del caso, a cargo de la magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez, las quejas presentadas se declararon como improcedentes. En consecuencia, se confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Justicia del PRI, por lo que los legisladores no volverán a formar parte de las filas del tricolor.

“Respecto al acto relacionado con la presunta ilegal expulsión de los promoventes se actualiza la causal de improcedencia (…) ello porque los medios de impugnación no reúnen el requisito de oportunidad (…) Se propone al pleno el desechamiento de las demandas”, indicó el secretario de estudio y cuenta, Enrique Coyotzi Gómez.

Desechan queja del PAN contra alianza de Morena

En la misma sesión, el pleno del TEEP desechó el recurso de apelación TEEP-A-001/2024, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) que aprobó modificaciones al convenio de la coalición Sigamos Haciendo Historia en Puebla.

Del estudio del caso, a cargo del magistrado Israel Argüello Boy, se determinó que los señalamientos sobre una violación a los principios de legalidadcerteza y seguridad jurídica eran infundados, por lo que se confirmó la sentencia impugnada.

Los cambios que se realizaron no representaron un cambio de fondo a la coalición registrada, y Morena y el Partido del Trabajo (PT), cumplieron con todos los requisitos para participar en conjunto durante el proceso electoral 2023-2024. (MIG)

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