- Política
En Puebla ya habrá cárcel por aval a asentamientos irregulares
Con 39 votos a favor el Congreso de Puebla avaló el dictamen para prohibir todo tipo de asentamientos humanos en zonas prohibidas o de riesgo, e imponer hasta 15 años de cárcel y multa de hasta 48 mil pesos a servidores públicos que autoricen estos lugares.
Con esta reforma se prohíben los asentamientos humanos en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, así como en las zonas de riesgo o con probabilidad de que se produzca un daño.
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Los ayuntamientos tendrán la obligación de hacer cumplir las normas referentes a los derechos de vía, de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, y de las zonas en riesgo de daño.
Además, podrán realizar inspecciones, imponer sanciones y medidas de seguridad, así como denunciar asentamientos irregulares en lugares prohibidos, y en su caso, dictaminar la clausura o desalojo.
Ninguna autoridad podrá otorgar licencias
El dictamen advierte que ninguna autoridad podrá otorgar licencias, factibilidades, permisos o cualquier tipo de autorización para la fundación o creación de asentamientos humanos en zonas prohibidas, ríos y barrancas.
La iniciativa fue presentada por el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta, para reformar la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil y el Código Penal del estado.
Se mantienen las penas establecidas en el Código Penal de cuatro a 10 años de prisión y se aumenta la multa a 200 y hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (19 mil 244 a 48 mil 110 pesos) contra quienes instiguen, compelen, dirijan o se beneficien de la conformación de un asentamiento humano irregular o promuevan un fraccionamiento irregular.
Las y los funcionarios públicos que alientan, autoricen, aprueben, otorguen, concedan y/o permitan la fundación de asentamientos humanos irregulares en zonas prohibidas, de riesgo o con probabilidad de daño por considerarse no aptas para vivienda, recibirán esos años de prisión y multa.
La pena de cárcel se incrementará hasta en una mitad (de 6 a 15 años) cuando las conductas se realicen sobre áreas naturales protegidas o de preservación ecológica, en zonas no consideradas aptas para vivienda o en las que exista probabilidad de daño por considerarse no aptas para vivienda.
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