• Política

Avalar en Puebla asentamientos irregulares dará 15 años de cárcel

  • Berenice Martínez
En Puebla se aplicarán de 4 a 10 años de prisión por promover la creación de asentamientos irregulares con fines de vivienda, y la pena incrementará hasta a 15 años de cárcel si el asentamiento se realiza en un área natural o zona de riesgo
.

El Congreso del estado avaló en comisiones la iniciativa del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta, para imponer hasta 15 años de cárcel y multa de hasta 48 mil pesos a quienes permitan la instalación de asentamientos humanos irregulares con fines de vivienda.

La iniciativa del mandatario reforma la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable, la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil y el Código Penal del estado.

Más del tema: Van a revisión los asentamientos irregulares en ductos de Pemex

Las modificaciones al Código Penal fueron avaladas por las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia, de Protección Civil y de Desarrollo Urbano, así que el dictamen quedó de la siguiente manera:

1. Se aplicarán de cuatro a 10 años de prisión y multa de 200 hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (19 mil 244 a 48 mil 110 pesos) a quienes instiguen, compelen, dirijan o se beneficien de la conformación de un asentamiento humano irregular o promuevan un fraccionamiento irregular.

2. Con el carácter de funcionarios públicos realicen actos u omisiones para alentar, autorizar, aprobar, otorgar, conceder y/o permitir la fundación de asentamientos humanos irregulares en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones o zonas de riesgo donde exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda por los planes de desarrollo urbano.

La pena de prisión se incrementará hasta en una mitad (de 6 a 15 años) cuando las conductas se realicen sobre áreas naturales protegidas o de preservación ecológica, en zonas no consideradas aptas para vivienda o en las que exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda.

¿Qué son los asentamientos irregulares?

En el dictamen se precisó que el asentamiento humano irregular es el conglomerado de personas establecido, sin autorización, en un área física y/o geográficamente localizada de restricción natural o artificial, riesgos o de amortiguamiento, cualquiera que sea su régimen de propiedad, al margen de las leyes, planes y programas de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico.

Además, carece de los requerimientos mínimos de infraestructura, equipamiento y servicios básicos, con falta de certidumbre jurídica en la tenencia de la tierra.

Las comisiones avalaron prohibir todo tipo de asentamientos humanos en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, así como en las zonas de riesgo o con probabilidad de daño.

La iniciativa advierte que ninguna autoridad podrá otorgar licencias, factibilidades, permisos o cualquier otra autorización para la fundación o creación de asentamientos humanos en zonas prohibidas, ríos y barrancas.

Los ayuntamientos podrán realizar inspecciones e imponer sanciones y medidas de seguridad; denunciar asentamientos irregulares en lugares prohibidos y en su caso dictaminar la clausura o desalojo, en el marco de los derechos humanos.

El dictamen será sometido a votación del pleno del Congreso local en la sesión ordinaria, programada para el jueves 20 de octubre a las 11:00 horas.

Tags: 

Comentarios de Facebook: