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Corte admite impugnaciones a presupuesto y a ley de hidrocarburos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la impugnación al Presupuesto de Egresos de la Federación 2022, así como la acción de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley de Hidrocarburos, ambas presentadas por diputados y senadores de la oposición.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, admitió a trámite la impugnación de diputados de oposición del PAN, PRI y PRD al Presupuesto 2022, en donde argumentaron que se disminuyó el gasto destinado a algunos temas, violando el principio de no regresividad de derechos.
En la demanda, los diputados pidieron invalidar 13 artículos y seis anexos del Presupuesto 2022, enfocados a la igualdad de género, medio ambiente, atención para menores de edad, combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y el recorte aplicado a algunos órganos autónomos.
Asimismo, consideraron que en la reforma en materia de derechos humanos de 2011 se incorporó en el artículo 1 de la Constitución el principio de progresividad, el cual significa que en materias relacionadas con estos derechos no puede haber pasos hacia atrás.
Finalmente, afirmaron que el presupuesto recorta recursos en temas básicos para el ejercicio de algunos derechos humanos, y por lo tanto es regresivo, por lo que pidieron su invalidez.
Admiten inconstitucionalidad contra ley de hidrocarburos
Por otra parte, la SCJN también admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la oposición contra las reformas a la Ley de Hidrocarburos, luego de haber sido desechada desde junio por falta de firmas requeridas por ley.
En su demanda los senadores afirmaron que la reforma en materia de hidrocarburos es contraria a los principios de libre competencia económica e igualdad en el sector.
En aquella ocasión el ministro Alberto Pérez Dayán pidió a Miguel Ángel Osorio Chong, senador designado como representante, completar las firmas, sin embargo, el legislador respondió que entregó completos todos los requisitos, razón por la que se desechó la demanda.
En noviembre del año pasado la Segunda Sala de la Corte revocó el acuerdo del ministro Pérez Dayán y ahora que la sentencia está firme se admitió la demanda.
En consecuencia, en los próximos meses o hasta el próximo año, el ministro Pérez Dayán deberá presentar su proyecto de sentencia para que la reforma a la ley, impulsada por el gobierno federal, sea discutida por el Pleno.