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Aprueban impuestos a hospedaje y casinos en Puebla para 2020

  • Héctor Llorame
Se fijó también una multa de hasta 8 mil 295 pesos por no renovar la tarjeta de circulación.
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A partir de 2020 en Puebla se cobrarán el Impuesto sobre Servicios de Hospedaje y el Impuesto sobre Juegos con Apuestas, que aplicará para casinos, y se cobrará una multa de hasta 8 mil 295 pesos por no renovar la tarjeta de circulación.

Así lo aprobaron este martes los diputados del Congreso del estado, con mayoría de la coalición Juntos Haremos Historia (Morena, PT, PVEM y PES).

Con 26 votos a favor, 11 en contra y dos abstenciones, se avaló en la sesión ordinaria del pleno la Ley de Hacienda del gobernador Miguel Barbosa Huerta, en medio de críticas porque pretende elevar impuestos para el próximo año, contrario a lo que prometió en campaña.

El respaldo a la iniciativa del mandatario lo dieron los legisladores de la coalición, así como los expanistas y ahora diputados sin partido.

En contra votaron los cuatro panistas; los dos perredistas; los dos de MC; José Juan Espinosa Torres (del PT), la priista Rocío García Olmedo y el diputado sin partido Héctor Alonso Granados.

Valentín Medel Hernández (PT) y Cristina Tello Rosas (de Morena) votaron en abstención, luego de un debate de dos horas en el que la oposición reprobó las medidas recaudatorias del gobierno.

Impuesto a hospedaje

Con la nueva Ley de Hacienda, plataformas como Airbnb y Booking cobrarán al cliente el Impuesto sobre Servicios de Hospedaje, que hasta ahora solo aplica para hoteles, moteles y hostales.

De acuerdo con la iniciativa de Ley de Ingresos 2020 que Barbosa Huerta envió al Poder Legislativo y que también se aprobará en próximos días, el gravamen se elevará al 3 por ciento, ya que en la actualidad el impuesto tiene tasa cero.

Para regular a las aplicaciones la Ley de Hacienda señala en su artículo 22 que serán objeto de dicho impuesto:

“Las personas físicas, las personas morales y las unidades económicas que mediante sus plataformas digitales se contrate la prestación de los servicios objeto de este gravamen en el territorio del estado de Puebla, de manera permanente o temporal, con los prestadores de los servicios de hospedaje o a través de promotores, plataforma digital, operadores turísticos, intermediarios, facilitadores o representantes de la prestación de dichos servicios o como se les designe, aun cuando éstos tengan su domicilio fiscal en lugar distinto de la prestación del servicio e independientemente de la duración del mismo”.

El mismo artículo enfatiza que el impuesto se cobrará directamente al cliente de la siguiente manera: “quienes reciban a cambio de la prestación de los servicios de hospedaje una contraprestación en dinero o especie, trasladarán de manera expresa y por separado el impuesto correspondiente a las personas a quienes se presten los servicios de hospedaje”.

Vuelve impuesto a casinos

La Ley de Hacienda de Barbosa Huerta también revive el Impuesto Estatal sobre Juegos con Apuestas y Sorteos, que se creó durante el gobierno de Manuel Bartlett Díaz y se eliminó con Rafael Moreno Valle.

El artículo 60 de la nueva ley señala que este impuesto lo pagarán: “las personas físicas, las personas morales y las unidades económicas que realicen juegos con apuestas y sorteos en el territorio del estado de Puebla”.

A este impuesto estarán sometidos los casinos, pues el artículo 61 precisa que se aplicará por “la realización de juegos o concursos en los que el premio se obtenga por la destreza del participante en el uso de máquinas, que en el desarrollo de aquéllos utilicen imágenes visuales electrónicas como números, símbolos, figuras u otras similares”.

De acuerdo con la iniciativa de Ley de Ingresos de Barbosa Huerta, el nuevo Impuesto Estatal sobre Juegos con Apuestas y Sorteos tendrá una tasa del 6 por ciento.

Van multas por tarjetón

En la sesión del pleno también se aprobó imponer multas de hasta 8 mil 295 pesos a quienes no cambien la tarjeta de circulación vehicular en Puebla, ya que Barbosa Huerta decretará una renovación.

La medida tendrá efectos con la reforma al artículo 58 del Código Fiscal que se aprobó este día.

Con la modificación señalará en su fracción XXIX que: “son infracciones cuya responsabilidad recae sobre los sujetos y responsables solidarios:

No realizar el canje de tarjeta de circulación, o no llevar a cabo la actualización o canje de formas oficiales valoradas o medios de control fiscal, en los términos previstos en las disposiciones legales, programas o acuerdos que emitan las autoridades del estado”.

Las multas por no remplazar la tarjeta irán de los 515 a los 8 mil 295 pesos, con lo cual la omisión se castigará igual que como actualmente se sanciona el no cambiar las placas de los vehículos o el no avisar del cambio de propietario al Registro Estatal de Contribuyentes o al Registro Estatal Vehicular.

Imagen e-consulta

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