• Política

Reforma de Barbosa al aborto quedó mocha: García Olmedo

  • Héctor Llorame
La reforma carece de temporalidad y castiga igual el aborto, ya sea en el primer día de embarazo o el último
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La reforma del gobernador Miguel Barbosa Huerta que mantiene como delito el aborto, además de ir contra la agenda de la “cuarta transformación”, quedó mal hecha, porque impone la misma pena si se interrumpe el embarazo en el primer día o el último.

Así lo advirtió en el programa Ante la Corte, de e-consulta, Rocío García Olmedo, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso del estado, al señalar que la modificación hecha al Código Penal del estado carece de temporalidad.

Los cambios aprobados el 8 de octubre por la coalición Juntos Haremos Historia consistieron en eliminar las tres fracciones del artículo 342 y únicamente dejar el primer párrafo.

La versión original del texto decía: “se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren las tres circunstancias siguientes: I. Que no tenga mala fama; II. Que haya logrado ocultar su embarazo; III. Que éste no sea fruto de matrimonio. Faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le impondrán de uno a cinco años de prisión”.

Al suprimir las tres fracciones, la ley quedó de la siguiente manera: “se impondrán de seis meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar”.

García Olmedo alertó que la redacción avalada por mayoría resulta ambigua y no define la temporalidad del delito.

Esto debido a que el artículo 339 del Código Penal define al aborto como “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”, de modo que el castigo es el mismo si se interrumpe embarazo el primer día o el último.

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