• Política

Habrá elección extraordinaria en dos ayuntamientos: TEPJF

  • Efraín Núñez
Los magistrados también desecharon impugnación de Edgar Chumacero y de Miguel Ángel Mantilla.
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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación(TEPJF) confirmó las elecciones extraordinarias en los municipios de Cañada Morelos Ahuazotepec, donde la Sala Regional Ciudad de México revocó  triunfos del PRI, así como la decisión de revocar la regiduría a Edgar Chumacero Hernández en el ayuntamiento de Puebla. 

Durante la sesión de este miércoles, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, hizo un voto particular al considerar que sí había elementos para entrar al fondo de los recursos de reconsideración presentados por el PRI en contra de las elecciones extraordinarias, ya que en ambos casos fueron nombrados Concejos Municipales que fungen como autoridades provisionales y no como en otros municipios del estado donde rindieron protesta presidentes municipales con mandato constitucional.

Desechan impugnaciones del PRI

Respecto a dichos recursos de reconsideración y el resto relacionado con las últimas sentencias en las que se revocaron los triunfos que obtuvo el PRI en presidencias municipales, los magistrados determinaron desechar de plano las denuncias, debido a que los actos controvertidos se consumaron de manera irrevocable, toda vez que el pasado 15 de octubre entraron en funciones los ayuntamientos de mérito

“La resoluciones reclamadas adquirieron definitividad y firmeza. El derecho de los recurrentes a una tutela judicial fue garantizada tanto en los tribunales locales y el federal”, establece la sentencia. 

El magistrado Reyes Rodríguez votó en contra de los expedientes SUP-REC-1588/2018 y SUP-REC-1589/2018 relativos a las elecciones extraordinarias de Cañada Morelos y Ahuazotepec

El magistrado se pronunció en contra de la ponencia al señalar que sí se podía ir al fondo en ambos casos ya que fueron nombrados Concejos Municipales, es decir autoridades de carácter temporal, por lo que no existe el principio de definitividad

“Se argumenta que no hay planteamiento de constitucionalidad. Difiero al respecto. La Sala Regional declara la nulidad de la elección en virtud de que en los casos concretos se declararon nulos el 20 por ciento o más de las casillas. Lo que hace la Sala Regional sí tiene que ver con un análisis constitucional”. 

Manifestó que entrar al fondo de la determinación de la Sala Regional es trascendente no solo para el estado de Puebla sino para las elecciones en otras entidades donde existan condiciones similares. 

Los magistrados Indalfer Infante GonzálezFelipe Alfredo FuentesFelipe de la Mata Pizaña se pronunciaron a favor de la sentencia con el argumento de que no existe inaplicación de inconstitucionalidad.

Chumacero no será regidor

Respecto al recurso SUP-REC-1582/2018 interpuesto por el priísta Edgar Chumacero en contra de la revocación de su regiduría en el ayuntamiento de Puebla, se desechó de plano la demanda.

Los magistrados también desecharon el recurso SUP-REC-1583/2018 presentado por Miguel Ángel Mantilla Martínez, quien también buscaba su inclusión como regidor en el ayuntamiento de Claudia Rivera Vivanco

Foto / TEPJF

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