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Sin cumplirse, mayoría de recomendaciones a Rodríguez Almeida

  • Patricia Méndez
Quejas por agresiones contra periodistas y por detenciones arbitrarias, motivaron la intervención de la CDH-DF
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La mayoría de las 16 recomendaciones que la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDH-DF) dirigió a Jesús Rodríguez Almeida cuando fungió como procurador y secretario de Seguridad Pública de la capital del país, entre 2012 y 2014, siguen sin cumplirse.

El ahora integrante del gabinete poblano no aceptó puntos de esos documentos que le sugerían colocar cámaras en las patrullas para documentar la actuación de los policías, la formulación de algunas denuncias en contra de elementos involucrados en violaciones a derechos humanos e incluso otorgar un tratamiento psicológico a las víctimas.

Las recomendaciones que la CDH-DF dirigió a Rodríguez Almeida tienen que ver con violaciones a derechos humanos en las que incurrieron los elementos a su cargo, tales como agresiones contra periodistas, racismo, detenciones arbitrarias, ataques sexuales, tortura y hasta muertes en los separos y homicidios en contra de inocentes.

Recomendaciones emitidas en 2014

Las recomendaciones emitidas en 2014, tienen un avance promedio de entre el 29 y 36 por ciento en su cumplimiento, según lo da a conocer la CDHDF en su página electrónica, informe que tiene corte hasta el pasado mes de mayo.

El oficio 11/2014, el cual documenta violaciones a los derechos humanos de personas y profesionales de los medios de comunicación que ejercen su derecho a la información mediante acciones de documentación ciudadana, tiene un cumplimiento del 36 por ciento.  

El punto que tiene un cero por ciento de avance en su cumplimiento dentro de este caso, es el que tiene que ver con un tratamiento y acompañamiento psicológico a las víctimas.

En el expediente 2/2014, que tiene que ver con detenciones arbitrarias, uso ilegal y desproporcionado de la fuerza, actos de tortura y violaciones a los derechos de víctimas del delito en agravio de los integrantes de una familia habitante de la Delegación Tláhuac, se marca un progreso del 35 por ciento en su acatamiento.

2013

La recomendación 16/2013 consta de cuatro puntos, de los cuales la Secretaría de Seguridad Pública del DF (SSP-DF), que en ese año era dirigida por Rodríguez Almeida, aceptó los referentes a diseñar procedimiento para investigar a elementos involucrados, elaborar un programa de capacitación de derechos humanos enfocada a las detenciones ilegales y arbitrarias, los cuales están “sujetos a seguimiento”.

En cambio rechazó las observaciones para determinar perfiles adecuados para el manejo de las cámaras del proyecto Bicentenario Ciudad Segura, así como para dar seguimiento a cada hecho que se registre de acuerdo con protocolos de derechos humanos y que se incorporara el personal necesario para monitoreo de cámaras de videovigilancia.

En el requerimiento número 08/2013, que se elaboró por ejecuciones arbitrarias, se establecieron nueve puntos a la SSP-DF, de los cuales, la dependencia aceptó cinco, dos fueron parcialmente aceptados y otros dos no aceptados.

Los no acatados tienen que ver con  impulsar y ejecutar un sistema audiovisual permanente, al interior de sus patrullas, que permitan registrar las acciones tendientes de aseguramiento que lleve a cabo el personal de la dependencia en cuestión, en el desarrollo de detenciones.

En cambio, el área capitalina aceptó parcialmente el modificar en el Manual de Técnicas para el Uso de la Fuerza de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, recientemente emitido, el concepto de razonabilidad, al usar la fuerza y las armas, así como la proporcionalidad y publicar el manual (parcialmente aceptados).

Por otra parte, sí aceptó crear un programa de difusión y capacitación para que los elementos de la policía conozcan y apliquen el Manual.

En la recomendación 7/2013 que documenta violaciones a derechos humanos durante el operativo policial del 1 de diciembre de 2012 denominado “Transmisión del Poder Ejecutivo Federal y “Palacio Nacional”, se emitieron 9 puntos, pero sólo fueron aceptados seis, dos parcialmente y uno no rechazado.

El no aceptado tiene que ver con que se formulen denuncias ante la Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de que se investiguen los ilícitos en que pudieron incurrir los mandos medios y superiores de la SSP-DF.

En cambio, la dependencia sí aceptó hacer modificaciones al protocolo de actuación, capacitación de función policial con perspectiva de derechos humanos, investigaciones en responsabilidad policial, indemnización a las víctimas, y a los comercios sobre los que no se evitaron daños durante las manifestaciones, así como que se realizara un acto de reconocimiento de responsabilidad satisfactorio, peticiones que están sujetas a seguimiento.

Respecto a la recomendación 4/2013, que se elaboró por corroborarse la detención arbitraria y violación sexual de una mujer, contiene un total de 9 puntos, de los cuales tres fueron parcialmente aceptados, uno no aceptado y cinco aceptados.

Los aceptados parcialmente tienen que ver con la reparación del daño material de la agraviada, otorgar tratamiento psicológico a la afectada y a su madre, mientras que los rechazados solicitaban contar con un sistema de grabación visual y auditivo permanente al interior de las patrullas de la SSP-DF,  lo cual permitiría corroborar, por un lado que las personas detenidas sean puestas a disposición de la autoridad competente, y por el otro que se supervise que los elementos de la policía no cometan actos de tortura.

Esta recomendación contiene un punto que ya fue cumplido, el cual pidió difundir entre los policías el contenido de la misma a fin de que distingan cuándo sus actos pueden encuadrarse en una detención arbitraria.

2012

En la recomendación 20/2012 que fue dirigida a la Procuraduría General de Justicia del DF (PGJ-DF) y que contiene 8 puntos por violaciones a derechos humanos en agravio de adolescentes y jóvenes durante los operativos ejecutados por autoridades del Distrito Federal con motivo de lo que las mismas han denominado como “Fiestas Clandestinas”, dos no fueron aceptados, los cuales tienen que ver con la formulación de denuncias.

En el expediente 18/2012, que da cuenta del caso de una persona que se suicidó en el área de detenidos de la Coordinación Territorial CUH, se emitieron siete puntos a la Procuraduría, de los cuales, uno fue parcialmente aceptado, el cual tiene que ver con la creación de un Manual Operativo de la Policía de Investigación para que reporten cada 10 minutos el estado de los aprehendidos.

En cambio, la dependencia sí aceptó crear un diagnóstico de zonas de seguridad, medidas para garantizar la integridad de los detenidos, otorgar asistencia psicológica a los detenidos y determinar la responsabilidad de los elementos involucrados en actos ilegales en contra de los presentados, puntos que están sujetos a seguimiento. 

La recomendación 16/2012 que documenta la muerte de un adolescente en un conflicto con la ley penal bajo resguardo de la Agencia 57° de la Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes, dirigió a la PGJ-DF ocho peticiones, de las que tres fueron parcialmente aceptadas: determinar averiguación previa en contra de servidores públicos involucrados en el caso, reparar por daño moral a los afectados y otorgarles rehabilitación, tratamiento y acompañamiento psicológico.

El expediente 04/2012, en el que se advierten una intervención policíaca de reacción en el barrio de Tepito, que implicó diversas violaciones a derechos humanos, como tortura, atribuibles a diversas autoridades y en distintos niveles de participación, se solicita a la Procuraduría que se integren averiguaciones previas, petición que fue aceptada y está sujeta a seguimiento.

En la recomendación 01/2012 que emitió la CNDH por tortura infligida a terceros por parte de elementos policiacos, fueron emitidos dos puntos los cuales fueron cumplidos. Estos tienen que ver con iniciar una investigación por esos actos y determinar si las autoridades del Ministerio Público (MP) fueron omisos en la clasificación de este hecho ilícito.

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