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Violencia por razón de género pagará reparación del daño
El Congreso del Estado aprobó una reforma por la que las víctimas de violencia por razón de género podrán solicitar la reparación del daño.
La modificación hecha al Código Civil fue criticada por la diputada Socorro Quezada Tiempo, de la fracción del PRD, quien expresó que la medida se da ante las exigencias que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) ha hecho al gobierno del estado y se da para “proteger a una sola mujer”, en alusión a Martha Erika Alonso Hidalgo.
“Solamente por recomendaciones de la Conavim, pero si no pasa eso, no pasa nada. De pronto vemos una iniciativa del gobernador (por la) que se tiene que sancionar la violencia por razón de género. La verdad, no lo puedo felicitar porque nuevamente estamos legislando con una dirección y evidentemente esa dirección es para proteger no a las mujeres de Puebla sino a una sola”, indicó.
El diputado independiente Julián Peña Hidalgo también se sumó al pronunciamiento de Quezada Tiempo, y sostuvo que pese a que en diversas ocasiones presentó iniciativas para sancionar los actos en contra de las mujeres, éstas no fueron consideradas.
Con la aprobación del dictamen que presentó la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, se considerará a los actos de violencia con razón de género como parte de los ilícitos en los que se puede pedir la reparación del daño, lo cual se especifica en la fracción IX del artículo 1961.
En cuanto a la medida bajo la que se reparará el daño, lo que se aplicará es que el condenado tendrá que publicar la sanción, pero si la afectación hacia la persona dañada se difundió en medios de comunicación, se tendrá que publicar una disculpa.
"En caso de que el hecho ilícito que generó el daño fuese la violencia por razón de género, el juez ordenará, a petición de la persona afectada y a costa del condenado, se publique la sentencia que imponga la reparación. Asimismo, si el daño tuvo difusión en los medios informativos el juez ordenará al condenado publique una disculpa con la misma relevancia que hubiere tenido la difusión original, con independencia de los costos que esto origine", expresa la propuesta de adición al artículo 1996 Quáter.
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