• Política

Elevan penas por violación a niños y adultos mayores en Puebla

  • Héctor Llorame
La pena máxima será de 60 años de prisión y en violaciones tumultuarias serán de 40
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La Comisión de Procuración de Justicia del Congreso del estado aprobó elevar de 40 a 60 años de cárcel la pena máxima por violación cuando las víctimas sean menores de edad o adultos mayores.

Por unanimidad se aprobó este miércoles una reforma al Código Penal del estado para aumentar en un 50 por ciento el castigo máximo por abuso sexual, ya que actualmente va de 16 a 40 años.

La modificación a los artículos 267 y 268 hará que las sentencias oscilen entre 20 y 60 años de prisión cuando la víctima sea menor de edad o mayor de 70 años.

El castigo por una violación a una persona mayor de 18 y menor de 70 años —que en el presente va de ocho a diez años de privación de la libertad— también se incrementó de diez a treinta años.

Cuando el abuso sexual sea tumultuario (cometido por dos o más personas), las sentencias irán de diez a 40 años, ya que la norma vigente impone de ocho a 30.

La iniciativa para incrementar las penas fue presentada por el priísta Nibardo Hernández Sánchez el 26 de junio y este miércoles fue aprobada en la sesión de laComisión de Procuración y Administración de Justicia.

Aumentan penas por lesiones a mujeres

En otro punto de la sesión también se aprobó aumentar en una tercera parte las penas de cárcel y multas a quien cometa lesiones por razón de género contra las mujeres y hombres menores de 14 años.

La medida también aplicará si para causar la lesión se ocupan sustancias corrosivas o inflamables.

A propuesta de la priísta Rocío García Olmedo se modificó el artículo 309 del Código Penal, que actualmente solo incrementa las penas cuando la parte agraviada es del sexo femenino.

La propuesta proyecta que el artículo quede la siguiente manera: “las sanciones que corresponda imponer conforme a los artículos precedentes, se aumentarán en una tercera parte de la pena máxima, cuando la víctima sea una mujer y la lesión sea motivada por razones de género o en el caso de los hombres cuando sean menores de catorce años”.

Y agrega: “así como cuando se cometan en agravio de la persona con quien se tenga o haya mantenido una relación sentimental, o que motivada la lesión por razones de género se utilice como medio para generarla cualquier tipo de sustancia corrosiva o inflamable, o que por su naturaleza química sea tóxica”.

Con la medida las penas por lesiones llegarán hasta los 11 años si la víctima se encuentra embarazada y, si no, el castigo será de hasta ocho años, si la herida causa una cicatriz permanente. Si no es así, la pena será de cinco años.

Se espera que las dos reformas sean sometidas a votación de los 41 diputados el próximo viernes, en la sesión extraordinaria del pleno.

Foto: Archivo e-consulta

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