El espíritu punitivo de la administración de la BUAP

  • Guadalupe Grajales
Se castiga al adulto mayor, su falta de salud, su vulnerabilidad y el defender sus derechos

Es indudable que las acciones de la administración de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla están regidas por la perspectiva del castigo.

En la reciente elección de la Dirección de la Facultad de Derecho se dio el caso inaudito de no permitirle a uno de los aspirantes a ocupar el cargo el ser apoyado por su cuidador(a) para entregar la documentación requerida por la convocatoria emitida y para ser entrevistado por la Comisión de Auscultación para definir si reunía los requisitos para ser nominado como candidato “idóneo”.

El docente requería de este apoyo debido a una debilidad visual y auditiva.

La Comisión de Auscultación lo declaró no idóneo y la Comisión Estatutaria de Legislación ratificó esta decisión según el dictamen presentado ante el pleno del Consejo Universitario.

Ambas comisiones, pues una ratificó la decisión de la otra, basan la no idoneidad del aspirante al cargo por incumplir con la entrega de la documentación requerida, pero lo más increíble son las razones que aducen.

La primera es que la debilidad visual y auditiva del aspirante es un pretexto porque no avisó a la Comisión de Auscultación de su condición y además firmó la “carta de conformidad” con todos los requisitos y condiciones señalados en la convocatoria emitida para efecto de la elección de la dirección de la Facultad de Derecho.

Estas afirmaciones asumen la premisa de que o bien el aspirante no sufre de ninguna debilidad visual y auditiva y, en consecuencia, es un mentiroso, o bien las comisiones no tienen la obligación de respetar sus derechos humanos. Y en el primer caso, no sólo esto, sino que es un gran actor, pues en ausencia del apoyo requerido, tropezó con el mobiliario que había en el lugar de la entrevista.

Las comisiones esgrimen como una razón a su favor la firma por el aspirante de una conformidad con todas las bases de la convocatoria que, de no aceptarse, dejaría a ésta y a cualquier persona fuera de la contienda electoral. Obviamente se trata de una conformidad forzada.

Respecto a la petición del aspirante de que se respeten sus derechos humanos, las comisiones afirman que ninguna ley las faculta para ello. Sin embargo, el artículo primero constitucional es muy claro: “Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”

Lo que repele de todo este asunto es el espíritu punitivo de las comisiones y de la administración universitaria.

A este docente de la Facultad de Derecho lo están castigando por varias razones: por ser una persona con debilidad visual y auditiva; por solicitar ayuda en la entrega de su documentación; por ser una persona adulta mayor; por querer participar en el proceso electoral de su facultad; por defender sus derechos constitucionales. Por todas estas circunstancias, algunas de ellas totalmente fuera de sus manos, está siendo expuesto y castigado.

Lo que esperamos todos los universitarios es que las autoridades atiendan su petición y obren de acuerdo con lo que dicta la Suprema Ley y los principios morales que nos rigen como miembros de una sociedad que respeta la dignidad de las personas y vela por proteger sus derechos.

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Guadalupe Grajales

Licenciada en Filosofía por la UAP con Maestría en Filosofía (UNAM) y Maestría en Ciencias del Lenguaje (UAP). Candidata a doctora en Filosofía (UNAM). Ha sido coordinadora del Colegio de Filosofía y el posgrado en Ciencias del Lenguaje (BUAP), donde se desempeña como docente. Es la primera mujer en asumir la Secretaría General de la BUAP.