Accesibilidad universal para personas con discapacidad

  • Pablo Fernández del Campo
Respeto a los derechos y libertades de discapacitados. Ejecutivo estatal y ayuntamientos.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, es el tratado internacional en materia de derechos humanos de las personas con discapacidad más importante del siglo XXI, tiene como objetivo el promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, así como promover el respeto de su dignidad inherente.

 

Nuestro país suscribió la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad el día treinta de marzo de dos mil siete, la cual fue ratificada por el Senado de la República el diecisiete de diciembre del mismo año, por ende, a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de fecha 11 de junio del año 2011, la Convención forma parte de nuestro sistema jurídico nacional.

 

De acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, nuestro país se obligó adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad.

 

La Ley para las personas con discapacidad del Estado de Puebla señala que son autoridades para la aplicación de la misma, en el ámbito de sus respectivas competencias, el Titular del Poder Ejecutivo, a través de la administración pública centralizada y descentralizada y los Ayuntamientos de los Municipios.

 

Ahora bien, en otro orden de ideas se hace necesario señalar que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) un 15 por ciento de la población mundial, mil millones de personas viven con algún tipo de discapacidad. En nuestro país aproximadamente el 14 por ciento de la población, es decir, 16.5 millones de mexicanos, padecen alguna discapacidad. En nuestro Estado hay alrededor de 246 mil personas con una o más discapacidades, y en el Municipio de Puebla se registran cerca de 47 mil personas con algún tipo de discapacidad, 24 mil 327 con problemas visuales; 13 mil 623, intelectual y 6 mil 985 con dificultades auditivas y de lenguaje, esto de acuerdo al censo de población del 2010, realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas Geografía e Informática (INEGI).

 

Personas que se enfrentan a un sin número de obstáculos entre los cuales encontramos la falta de accesibilidad. Obstáculos que deben ser aminorados por las autoridades en razón de los ordenamientos antes señalados y los compromisos obtenidos por los Estados en la aprobación de la Nueva Agenda Urbana, que impone a los líderes de los Estados miembros desarrollar las acciones que encaminen a garantizar que todos los ciudadanos tengan derecho a la ciudad en igualdad de oportunidades y libre de discriminación.

 

Donde la movilidad urbana sustentable juega un papel primordial ya que esta permita la accesibilidad universal en condiciones de igualdad, esto es, garantiza que todos los ciudadanos tengan derecho a la cuidad en igualdad de oportunidades y libre de discriminación, lo cual garantiza la movilidad segura y eficiente de personas con discapacidad.

 

Ahora bien, para garantizar a las personas con discapacidad la inclusión como lo enmarca la norma, es necesario que las personas con discapacidad tengan la capacidad, facilidad, eficiencia de tránsito y desplazamiento, bajo las premisas de accesibilidad universal, sustentabilidad.

 

En ese sentido es necesario que las autoridades que tienen atribuciones en materia de personas con discapacidad realicen una serie de acciones, entre las cuales encontramos, la expedición y actualización de la norma. En el caso específico me refiero a los Ayuntamientos, en razón de que ellos son el primer contacto de la población con el gobierno y son los cuales tienen a su cargo las calles por donde se desplazan entre otros la personas con discapacidad.

 

Por ello, esta semana presenté un exhorto a los ayuntamientos de los municipios de Puebla a efecto de que realicen todas las acciones encaminadas a la emisión, revisión de reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general, que posibiliten las bases y mecanismos que garanticen a las personas con discapacidad la capacidad, facilidad, eficiencia de tránsito y desplazamiento, bajo las premisas de accesibilidad universal, sustentabilidad.

 

Esto porque las las personas con discapacidad requieren de una atención permanente y para que las autoridades estén en posibilidad de otorgarla, requieren de instrumentos actuales vigentes, armonizados con la norma internacional y nacional.

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Pablo Fernández del Campo

Mexicano y poblano universal. Esposo y padre de familia. Runner. Impulsor de ciudades y zonas metropolitanas deseables y resilientes. Maestro en Políticas Públicas. Consultor.