Simitrio: el derecho al revés VIII

  • Samuel Porras Rugerio

¡Es tan increíble lo que está ocurriendo con el manejo de los asuntos públicos, como lamentable el pasmo ciudadano frente a ello! El actual gobierno de Puebla pasará a la historia y será recordado, entre otras cosas, por su acendrado autoritarismo en el manejo del poder punitivo hacia los poblanos que se manifiestan adversos a la exclusión social como condición básica para el éxito económico de inversionistas de otros lares que se asientan en la entidad, atraídos por los múltiples privilegios y facilidades de todo tipo que se le ofrecen, en desdoro y perjuicio de la empresa local. Bajo un esquema donde el crecimiento económico es entendido como avance económico de las grandes empresas a costa del imparable sacrificio de los derechos laborales, este modelo económico requiere de gobiernos que no destaquen por su talante progresista en cuanto al respeto de los derechos humanos sino, más bien, que estén dispuestos a ignorarlos.

Esta especie estadual de malinchismo ha permeado al ámbito de la designación de funcionarios públicos, pudiéndose apreciar gran presencia de profesionistas venidos de otros lugares de la república para ocupar importantes cargos en la administración estatal. Por cuestión de caché e indudable intención política se ha requerido en éstos, como carta de presentación, la posesión del grado de doctor en derecho; superando con ello, formalmente, a los anteriores gobiernos que se caracterizaron por la predominancia de los licenciados. Un sexenio ya identificable como “gobierno de los doctores”.

Sin embargo, no toda la actividad estatal parece reflejar ni manejarse con la mesura, prudencia y nivel intelectual que supondrían corresponder a la posesión de tales méritos académicos; por el contrario, en más ocasiones de lo deseable, suele filtrarse la idea sobre la existencia -propiciada por los actos de algunos  funcionarios- de una buena dosis de deuda en tal sentido con el grado que ostentan, visible en el manejo de las instituciones políticas y su conocimiento del derecho. Quizá, el ejercicio de las tareas públicas en tanto expresión de ejercicio del poder, sintiéndose posgraduadamente sobrados, les induzca a considerar innecesario el respaldo académico para sus actos. Lástima que la academia no se anime ni siquiera a intentar señalar tal deficiencia.

Con la procuración de justicia convertida en auténtica guardia real, se ha hecho patente la enorme facilidad con que se imputan delitos falseando hechos y se pone tras las rejas a personas que, viéndose afectadas en su patrimonio, trabajo o negocio por los proyectos económicos gubernamentales, se inconforman y oponen resistencia individual o colectivamente para defenderse. Una  administración de justicia sabidamente cómplice, completa el cuadro kafkiano para negarle a los inculpados la justicia pronta que reclaman para la defensa y protección de sus derechos humanos. El modo autoritario en actos de autoridad. 

El rasgo distintivo de este autoritarismo se asienta en una decisión política de alto nivel sobre el ejercicio del poder punitivo denominada, técnicamente, inversión del sistema penal consistente –según Eugenio Raúl Zaffaroni- en: “…operar mediante la prisión preventiva o medida de contención provisoria convertida en definitiva con la práctica.”[i] Es decir, con ánimo perverso, poner en prisión a las personas atribuyéndoles la comisión de supuestos delitos; mientras, todo el tiempo que se requiere para llevar a cabo los procedimientos judiciales de defensa, es aprovechado –y estorbado con chicanas para alargarlo- por las instancias gubernamentales para doblar voluntades, resistencias o conseguir lealtades en aras de llevar adelante los proyectos emprendidos. La prisión preventiva convierte a la persona en auténtico rehén para tales fines.

Lo acontecido hasta ahora -con los casos de Juan Carlos Flores, Enedina Vélez, los señores Tlachi y los Xicalle- demuestra que al haber obtenido sentencias de amparo que declararon la inexistencia de los delitos que les fueron atribuidos, es decir, sin tener delito alguno,  han sido objeto de una pena de prisión definitiva en la práctica, pues sin sentencia que la decretara, la compurgaron de facto con su estancia efectiva en la cárcel. No se trató de un “error”: el itinerario ministerial y judicial de estas personas estuvo doctoralmente calculado, de la misma manera en que lo está el asunto de Simitrio. ¿Por qué convertir a la procuración de justicia en garrote y motor de falaces acusaciones? ¿Qué se consiguió al encerrar sin motivo a estas personas? ¿Qué se espera conseguir manteniendo preso al líder de los ambulantes? Son cuestiones que, como asuntos públicos, debiera responder el gobierno estatal. La valoración ética sobre la pertinencia, justeza, legalidad y legitimidad del método empleado para conseguir los propósitos gubernamentales, por muy alto interés económico que posean, corresponde darla a todos los poblanos porque en ello va, no sólo el tipo de gobierno al que aspiremos, sino la calidad de nuestra convivencia como sociedad.      

 

[i] Zaffaroni, Eugenio Raul, El enemigo en el derecho penal, México, Ediciones Coyoacán S.A de C.V., 2007, p. 73.

 

Heroica Puebla de Zaragoza, a 13 de abril de 2015.

 

JOSÉ SAMUEL PORRAS RUGERIO

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