Día internacional de los desaparecidos

  • Alejandro Armenta Mier

Desaparición forzada –también desaparición involuntaria de personas- es el término jurídico que designa un tipo de delito complejo que supone la violación de múltiples derechos humanos y que, cometido en determinadas circunstancias, constituye también un crimen contra la humanidad siendo sus víctimas conocidas comúnmente como desaparecidos o también, particularmente en América Latina, como detenidos desaparecidos.

En general, por “desaparecidos” se entiende aquellas personas de las cuales sus familiares no tienen noticias o cuya desaparición ha sido señalada, sobre la base de información fidedigna, a causa de un conflicto armado internacional o sin carácter internacional o de violencia interna -disturbios interiores y situaciones en las que se requiera la acción de una institución neutral e independiente-.

El crimen de desaparición forzada, definido en textos internacionales y la legislación penal de varios países, está caracterizado por la privación de la libertad de una persona por parte de agentes del Estado, grupos o individuos, seguida de la negativa a reconocer dicha privación o su suerte, con el fin de sustraerla de la protección de la ley.

Los efectos de la desaparición forzada perduran hasta que no se resuelve la suerte o paradero de las personas, prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados. Estos últimos  -especialmente los niños por su vulnerabilidad- son considerados también víctimas de este crimen.

El impulso para el reconocimiento de este crimen en la jurisprudencia internacional tuvo lugar desde el último cuarto del siglo XX, a raíz de la multiplicación de los casos de desparecidos en América Latina y gracias a la movilización de sectores de la opinión pública y de la sociedad civil, y en particular por la iniciativa de organizaciones no gubernamentales -que surgieron, especializándose en su denuncia y concienciación-.

Organizaciones de derechos humanos calculan que entre 1966 y 1986 unas 90 mil personas ”desaparecieron” en países como Guatemala, El Salvador, Honduras, México, Colombia, Perú, Bolivia, Brasil, Chile, Argentina, Uruguay y Haití. Esta cifra incluye a niños de corta edad y a bebés que nacieron mientras sus madres estaban detenidas en países como Argentina, El Salvador, Guatemala y Uruguay.

El Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias agregó que una modalidad de esas prácticas son las llamadas “desapariciones de corto plazo” en las que las víctimas son detenidas durante semanas o meses en centros clandestinos fuera de la protección de la ley donde a menudo son sometidas a tortura.

La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas- de la que México es parte- tuvo efecto en el año 2010, fortaleciendo los esfuerzos por abordar los cinco ámbitos de acción prioritarios que fueron identificados por expertos gubernamentales y no gubernamentales sobre las personas desaparecidas.

Esos cinco ámbitos de acción, que también han sido adoptados por otros organismos internacionales, son la prevención de las desapariciones, la  averiguación del paradero de las personas dadas por desaparecidas, la gestión de la información y tratamiento de los registros sobre personas dadas por desaparecidas, la gestión de los restos humanos y de la información sobre las personas fallecidas además del apoyo a los familiares de las personas dadas por desaparecidas.

En México, gracias al trabajo incansable de las organizaciones de defensa de los derechos humanos, las desapariciones forzadas se han vuelto visibles pero los números históricos sobre cuántas personas han desaparecido en este país no tiene un dato certero, ya en las últimas décadas no se han generado estadísticas oficiales.

De acuerdo con información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), entre 2007 y 2012 el total anual de denuncias por homicidio doloso aumentó de 10 mil 253 a 20 mil 548. En el mismo sentido, las denuncias por secuestro prácticamente se triplicaron al pasar de 438 en 2007 a mil 268 en 2012; la misma fuente señala que las denuncias por extorsión se duplicaron en dicho periodo al pasar de 3 mil 123 a 6mil 045.

 

De acuerdo a la base de datos de las personas reportadas como desaparecidas en México, la Secretaría de Gobernación (SEGOB) dio a conocer la cifra oficial en febrero del 2013, la cual ascendía a 27 mil.

Ante este alarmante contexto, con la premisa de  consolidar un Estado democrático que  tenga como uno de sus componentes el pleno respeto y garantía de los derechos humanos, la nueva política de Estado por la seguridad y justicia de los mexicanos, implica una propuesta integral, además de fortalecer los cuerpos de seguridad, alinear las políticas públicas, los programas sociales y las acciones gubernamentales hacia los objetivos de reducir la violencia y abatir la impunidad.

 

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Alejandro Armenta Mier

Maestro en Administración Pública, presidente del Senado de la República y presidente de la Comisión de Hacienda. Más de 34 años de su vida dedicado al servicio público. Mis principios: ser útil, agradecido y acomedido.