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Reforma a Ley del Transporte obliga a concesionarios a pagar seguro de pasajeros

  • Ricardo Juárez
La propuesta será votada el 26 de julio e incluye que los conductores de los colectivos entreguen un boleto a los usuarios
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Una reforma a la Ley del Transporte busca obligar a concesionarios del transporte público a que paguen por un seguro para los pasajeros, que deberá ser de una empresa afiliada a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

El objetivo de la propuesta del gobierno del estado es que los usuarios estén protegidos ante cualquier percance vial. La iniciativa luce compleja, pues ni si quiera las unidades del transporte público cumplen con la obligación de tener menos de 10 años de antigüedad para dar el servicio.

En sesión de la Comisión de Movilidad y Transporte se analizó y aprobó la reforma a la Ley de Transporte en sus artículos 82, 86, 87, 89 y 117, que señala el seguro de pasajeros obligatorio y elimina la figura de la constancia de medio ambiente para transportistas.

Estas reformas fueron aprobadas por dicha Comisión, por lo que será en la próxima sesión extraordinaria del Pleno, prevista para el 26 de julio, cuando los 41 diputados deberán votarla a favor antes de culminar su periodo legislativo de forma definitiva.

Seguro de vida para los usuarios

Uno de los objetivos de esta reforma es garantizarle un seguro de vida a los pasajeros del transporte público ante algún accidente vial, por ello los concesionarios deberán contar con una empresa de respaldo de forma obligatoria.

La iniciativa dice “Los concesionarios y los permisionarios se obligan a contratar, a satisfacción de la autoridad competente, un seguro de viajero que proteja a sus ocupantes y daños a terceros, con una institución registrada en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con motivo de la prestación del Servicio Público de Transporte y Servicio Mercantil”.

De acuerdo con la diputada, Silvia Tanús Osorio, los transportistas deberán emitir un recibo al pasajero que le acredite su seguro de viajero, el cual será obligatorio en toda la entidad.

“Se refiere al seguro de viajero que el transporte de pasajeros debe tener y además no sólo declarar que se tiene, sino acreditar con el recibo de pago la compra de éste. Para que los pasajeros tengan una seguridad de atención en caso de accidente”, comentó para e-consulta.

Esto decir que las unidades del transporte público como van, midibus y bus deberán contar con un seguro de vida, que contratarán con los afiliados en la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a fin de proteger sus usuarios.

Transporte público caduco en Puebla

En el municipio de Puebla hay cuatro mil 121 unidades que prestan el servicio de transporte público, de las cuales el 49 por ciento de los vehículos, van o midibus, tienen más de 10 años de antigüedad, así lo indicó la Secretaría de Movilidad y Transporte en respuesta a una solicitud de información.

De las dos mil 56 unidades de transporte público con más de 10 años de antigüedad, el 66 por ciento corresponde a unidades tipo midibus, es decir, camiones como los de la ruta JBS en los que pueden viajar de 30 hasta 50 personas.

La modernización del transporte público se estableció como parte del diálogo del gobierno de Miguel Barbosa con los concesionarios, quienes lograron obtener una tarifa de cobro de 8 pesos las camionetas tipo van y 8.50 pesos los microbuses, lo cual entró en vigor el 1 de octubre de 2019.

Esto obligó a los transportistas a modernizar sus unidades con cámaras de seguridad y mejoramiento del vehículo en un lapso de 120 días, a fin de que al menos 30 mil unidades fueran renovadas, lo que no ocurrió.

Ahora el gobierno del estado busca que los transportistas no sólo cumplan con vehículos modernizados, si no también con seguro para sus pasajeros en caso de accidentes viales.

No se solicitará constancia de impacto ambiental para una concesión

De igual modo, esta reforma que envió el gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina planea eliminar la fracción III del artículo 84, la cual le pedía a los transportistas una constancia de medio ambiente, ahora eso se eliminará.

En la fracción 3 del artículo 84 decía “Constancia de impacto ambiental expedida por la secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial”, y ahora se busca eliminar. (CR)

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