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PAN no reportó $287 mil de gastos de precampaña; INE lo sanciona con $400 mil

  • Anaid Piñas
El TEPJF confirmó por mayoría de votos la sanción contra el blanquiazul; la magistrada Janine Otálora Malassis sufragó en contra
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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción interpuesta al Partido Acción Nacional (PAN), por no reportar los ingresos y gastos de precampaña para la gubernatura, diputaciones locales y alcaldías del proceso electoral 2023-2024 en Puebla.

El blanquiazul omitió justificar los gastos de propaganda detectada durante el monitoreo realizado en internet, por un monto de 287 mil 680 pesos. En consecuencia, el Instituto Nacional Electoral (INE) le impuso una multa por 431 mil 520 pesos.

El recurso de apelación SUP-RAP-64/2024 fue promovido por el PAN para controvertir la sanción interpuesta por el Consejo General del INE derivada de la fiscalización de los recursos realizado en el periodo de precampaña en la entidad.

Del estudio del caso, a cargo del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, se propuso confirmar la sanción impuesta al blanquiazul, debido a que no controvierte los argumentos en los que el órgano electoral fundamentó su determinación.

“Se limitó a repetir en su demanda los argumentos que planteó ante la autoridad fiscalizadora y en cuanto a los gastos no reportados, detectados en las visitas de verificación, el apelante emitió únicamente argumentos novedosos”, leyó la secretaria de estudio y cuenta, Marcela Lara Fernández.

El 19 de febrero, el Consejo General del INE aprobó la resolución respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña de los partidos políticos a los cargos de gubernaturadiputaciones locales y presidencias municipales en Puebla.

Días después, el 27 de febrero, el PAN presentó recurso de apelación para controvertir la resolución del órgano electoral, en la que argumentó que los gastos de propaganda en internet fueron reportados en la contabilidad del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

No obstante, el INE no pudo verificar dicha información “porque no presentó muestras (evidencias fotográficas) que permitieran vincularlos con los registros señalados”. Además, “omitió presentar información para localizar los registros contables de diversos gastos detectados del monitoreo”.

El proyecto se aprobó por mayoría de votos, ya que la magistrada Janine Otálora Malassis sufragó en contra. En su exposición, señaló que el recurso era improcedente y la demanda debía desecharse al ser presentada de forma extemporánea. (MIG)

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