• Nación

Ley Malena: el castigo para ataques con ácido; ¿en qué estados está tipificada?

  • Ana Ruiz
Puebla fue en el primer estado en tipificar los ataques con ácido, además es la entidad con mayor castigo a este crimen
.

La Ley Malena, que castiga los ataques con ácido hacia mujeres, surgió luego del caso de María Elena Ríos, quien sufrió un atentado de feminicidio con ácido en septiembre de 2019 en su domicilio, este ataque fue planeado por su expareja el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal; el caso sigue impune.

Dentro de los principales objetivos de esta Ley está proporcionar atención médica especializada a víctimas de violencia ácida, así como garantizar asistencia psicológica inmediata e integral, concientizar a la sociedad sobre la gravedad y promover cambios culturales que erradiquen estas prácticas.

En este sentido, la ley contribuye a visibilizar y condenar este tipo de violencia, al buscar que se genere conciencia sobre la necesidad de prevenirla y erradicarla.

En noviembre de 2022, el Senado de la República aprobó por unanimidad reconocer los ataques con ácido hacia las mujeres como violencia física, con una pena para las y los agresores de hasta 22 años de prisión.

En enero de 2023, Marcela Fuente, diputada Morena, presentó la iniciativa ante el Congreso de la Ciudad de México (CDMX).

El 8 de febrero de 2024, con 42 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, el Congreso de la Ciudad de México aprobó la Ley Malena que castiga la violencia ácida y la considera como tentativa de homicidio, siendo el séptimo estado que regula la violencia ácida.

Estados que lo castigan la Violencia ácida en México

Puebla: La Ley Malena cataloga como tentativa de feminicidio los ataques con alguna sustantiva corrosiva, estableciendo penas de 26 a 40 años de prisión. Puebla fue en el primer estado en tipificar los ataques con ácido siendo la entidad con mayor castigo a este crimen.

Aguascalientes: En el Artículo 107 del Código Penal local indica que será castigado el o los responsables con la sentencia de 3 a 8 años de cárcel, dependiendo de las lesiones y si está o no en peligro la vida de la víctima.

Además, en enero de 2023 se presentó una iniciativa para reformar el artículo 8 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes, con el objetivo de incluir el ataque con ácido como un tipo de violencia física.

Hidalgo: La legislación local marca una pena por lesiones cometidas, que no pongan en peligro a la víctima, de 9 meses hasta 10 años de prisión.

Oaxaca: El Código Penal local castiga a quien lesione el cuerpo de una mujer por razón de género con una pena de 20 a 30 años y una multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMAs).

San Luis Potosí: Estipula un castigo desde 7 hasta 14 años de cárcel a quien cause lesiones a una mujer en razón de su género, cuando las lesiones sean provocadas por sustancias corrosivas químicas la pena puede aumentar en dos tercios.

Ciudad de México: El Artículo 130 del Código Penal local indica que los responsables tendrán de 8 a 12 años de cárcel a quien agreda con ácido a una mujer. Además, en caso de cause deformidad en el rostro, haya daño órganos o en el caso de que la víctima sea niño, niña, adolescente o persona con discapacidad, la pena aumentará de 4 a 6 años.

Además, será considerado feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente o si afecta a los órganos reproductores sexuales, con una pena de hasta 30 años de prisión.

Estado de México: En el Artículo 238 del Código Penal local se indica que se aplicarán de 5 a 10 años de prisión si las lesiones son producidas dolosamente mediante el uso de ácidos, sustancias corrosivas, o químicas o flamables, sin embargo; no es contemplado como tentativa de feminicidio. (JC)

Tags: 

Comentarios de Facebook: