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TEPJF da la razón a Claudia Rivera; sanciona a medios por violencia de género

  • Anaid Piñas
El TEPJF resolvió que medios de comunicación y periodistas realizaron críticas cargadas de roles y estereotipos de género que no solo minimizan a la exalcaldesa, sino también el actuar de la mujer en la política
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La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que medios de comunicación poblanos cometieron violencia política contra las mujeres por razón de género, en contra de la exalcaldesa Claudia Rivera Vivanco.

Ahora, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) deberá analizar cada caso por separado, para sancionar aquellas expresiones que no forman parte de la libertad de expresión. También tendrá que emitir las medidas de reparación necesarias en favor de la agraviada.

En sesión pública, el pleno resolvió el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-170/2023, promovido por Rivera Vivanco en contra de la resolución del TEEP con la que absolvió a los portales MTP NoticiasDiario CambioEl Incorrecto MX y Realidad 7.

Del estudio del caso, a cargo de la magistrada María Guadalupe Silva Rojas, la sentencia debía revocarse parcialmente, pues si bien no todas las publicaciones denunciadas por la exalcaldesa pueden ser consideradas como agresiones, es necesario defender el derecho al honor y la dignidad de las personas.  

Violencia simbólica contra Claudia Rivera

Se explicó que el TEEP tenía que haber considerado para su evaluación los elementos previstos en la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior, como el contexto político en el que se realizaron las declaraciones y la fuente de las mismas.

En este caso, los medios de comunicación y periodistas realizaron críticas cargadas de roles y estereotipos de género que minimizan y condicionan el papel de las mujeres en la esfera política, sin reparar en la responsabilidad de su oficio.   

“La actora tiene razón al señalar que las publicaciones constituyen violencia simbólica, porque no se refieren exclusivamente a la actora en su calidad de presidenta municipal o candidata en vía de reelección, sino que reproducen y perpetúan ante la sociedad estereotipos de género que tienen que ver con su apariencia física y el ideal de lo que este debería ser”, detalló María de los Ángeles Vera Olvera, secretaria de estudio y cuenta.

En su intervención, la magistrada María Guadalupe Silva Rojas confió en que esta resolución abone en el actuar de los periodistas y medios de comunicación durante las campañas políticas, para que la apariencia física de las mujeres no sea un parámetro de crítica sobre su desempeño y proyectos.  

“Yo aspiro a una democracia en la que no definamos a nuestras candidaturas y a la gente que nos gobierne con base en su apariencia física y que eliminemos esto que a final de cuentas otra autora ha denominado incluso como violencia estética, Esther Pineda. Estoy convencida y espero que esa pauta de comportamiento que se genera a raíz de esta sentencia justamente lo que busque sea eliminar esta violencia estética de la que somos víctimas las mujeres”, recalcó. (EG).

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