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TEPJF confirma medidas cautelares para corcholatas de Morena
Militantes y simpatizantes de Morena deberán a alinearse a las medidas cautelares que este jueves le impuso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a fin de garantizar el principio de equidad en la contienda electoral rumbo al 2024.
La Sala Superior del TEPJF confirmó por unanimidad y sin citar a sesión pública el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en relación a los denominados recorridos y asambleas informativas que lleven a cabo sus seis aspirantes a candidatos presidenciales.
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El acuerdo determinó como procedente la aplicación de cuatro medidas cautelares a Morena que deberán tomar en cuenta en eventos futuros y que se muestran a continuación:
- No contener elementos proselitistas.
- Realizarse preferentemente en lugares pertenecientes al partido.
- Dirigirse exclusivamente a la militancia y simpatizantes.
- No emitir expresiones de índole electoral, entre otras cuestiones.
Quejas ante el INE motivaron medidas cautelares a Morena
El origen de este asunto se encuentra en la convocatoria para el proceso de selección de la persona coordinadora nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030 que emitió el Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
Al respecto, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró procedentes una serie de medidas cautelares asociadas a las acciones que podrían llevarse a cabo con base en dicho instrumento.
A su vez, se presentaron diversas denuncias por actos anticipados de precampaña y campaña contra varias personas debido a su participación en eventos relacionados con el proceso de selección de la coordinación nacional.
En respuesta a las denuncias, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró como improcedentes las medidas solicitadas. Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF, en el SUP-REP-206/2023 y casos acumulados, revocó la negativa de medidas cautelares y ordenó a la Comisión emitir una nueva determinación, misma que ahora ha sido confirmada por la Sala Superior.
Buscaban suspender proceso interno de Morena
Morena y una de las personas denunciadas presentaron diversos argumentos de agravio, agrupados en dos temas principales: primero, se cuestionó la procedencia de las medidas cautelares; segundo, se alegó que las medidas adoptadas no eran razonables y debían ser revocadas.
El denunciante expuso que las medidas concedidas eran insuficientes y buscó que se ordenara la suspensión de todos los actos relacionados con el proceso de selección de la coordinación nacional.
La Sala Superior del TEPJF, bajo la propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez y con la ausencia justificada de las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso, confirmó el acuerdo impugnado en lo que fue materia de la controversia.
En tanto, el pleno de la Sala Superior consideró como adecuada la motivación empleada por la Comisión de Quejas y Denuncias para otorgar la medida cautelar, pues se basó en un análisis preliminar que sugirió que los hechos denunciados podrían constituir actos anticipados debido a las manifestaciones expresadas en los eventos, los cuales tuvieron lugar en espacios abiertos al público en general y no solo a la militancia.
La Sala Superior echó abajo los argumentos referentes a que las medidas emitidas no eran razonables, argumentando que las mismas buscaban atender el fin legítimo de reducir el riesgo de afectación al principio de equidad en la contienda electoral (SUP-REP-249/2023, SUP-REP-250/2023 y SUP-REP-256/2023 acumulados).
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Con la aplicación de medidas cautelares contenidas en la resolución del TEPJF se establece un precedente para el proceso de selección de la coordinación nacional de Morena, además de reforzarse el marco normativo que regula los actos anticipados de precampaña y campaña electoral en el país.
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