- Política
Caso Yasmín Flores: TEPJF exonera a Claudia Rivera; no ejerció violencia
La Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX), del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que la expresidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, no ejerció violencia política en razón de género en contra de la exconsejera jurídica del Ayuntamiento, Yasmín Nalleli Flores Hernández.
En sesión pública, el pleno resolvió el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-39/2023, promovido por la exalcaldesa morenista en contra del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), para revertir su inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS).
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De acuerdo con el estudio del caso, a cargo de la magistrada María Guadalupe Silva Rojas, se descartó que Claudia Rivera haya cometido violencia económica, simbólica o psicológica en contra de Yasmín Flores.
En la sesión, se explicó que el pago diferenciado que recibió la exconsejera jurídica del Ayuntamiento estaba justificado, incluso recibió un aumento de sueldo cuando fue nombrada titular de otra área.
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Sobre la violencia simbólica o psicológica, la magistrada consideró que el TEEP vulneró el principio de presunción de inocencia en contra de la expresidenta municipal de Puebla, aunque valoró las pruebas que aportó este proceso se hizo de forma incorrecta.
“No quedó acreditado que la parte actora hubiera humillado y denostado a la denunciante (…) y no puede afirmarse la existencia de violencia psicológica y simbólica en el caso, en consecuencia, al ser fundados los elementos analizados, se propone revocar la sentencia”, leyó el secretario general de acuerdos Omar Ernesto Andujo Bitar.
Hace casi seis meses, el 27 de enero, el TEEP determinó que Claudia Rivera Vivanco cometió violencia política en razón de género en contra Yasmín Nalleli Flores Hernández y ordenó su inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (RNPS). Fue así que el TEPJF exonera a Claudia Rivera en caso Yasmín Flores; no ejerció violencia.
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