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En Puebla buscarán homologar reglamento de panteones con Ley de Búsqueda
El Ayuntamiento de Puebla analizará la propuesta para que los cuerpos de personas en calidad de desconocidas no sean cremados y se construyan fosas individuales para enterrarlos, con la finalidad de que no se afecten las investigaciones.
Este viernes 19 de mayo, en sesión ordinaria de Cabildo, la regidora morenista Ana Laura Martínez Escobar hizo esta propuesta con la que se busca homologar el apartado de panteones del Código Reglamentario del Municipio (Coremun) con la Ley Estatal de Búsqueda, con el objetivo de que los cuerpos o restos de personas no identificadas que lleguen a los cementerios de la ciudad no sean incinerados.
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En entrevista, el regidor panista, Fernando Sarur Hernández, presidente de la Comisión de Seguridad, señaló que como parte de la propuesta se enterrarían los cuerpos de las personas que aún no han sido identificadas en fosas individuales.
Explicó que las fosas contendrían la información de cada persona para facilitar los procesos de investigación y en caso de que se requiera, se inicie la exhumación, para la localización de personas que están en calidad de desaparecidas en el estado.
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“El tema consiste en homologar el reglamento de panteones a la Ley de Búsqueda, la Ley de Búsqueda de personas establece algunas determinaciones que deben de observarse para garantizar la identificación de los cadáveres”, dijo.
¿Qué dice la Ley de Búsqueda?
De acuerdo con la Ley de Búsqueda, los municipios deberán armonizar su regulación sobre panteones para garantizar el funcionamiento de las fosas comunes con los estándares establecidos, ya que en caso de inhumación, se tomarán las medidas necesarias para asegurar que ésta sea digna, en una fosa individualizada, con las medidas que garanticen toda la información requerida para el adecuado registro y en un lugar claramente identificado que permita su posterior localización.
Además de que se debe mantener comunicación permanente con la Fiscalía Especializada para garantizar el registro, la trazabilidad y la localización de las personas fallecidas sin identificar conforme al Protocolo Homologado de Búsqueda, Protocolo Homologado de Investigación y demás disposiciones aplicables, así como dar aviso de inmediato a la Fiscalía Especializada o el instituto respecto la inhumación de los restos o el cadáver de una persona no identificada, de la cual no se tenga certeza de su identidad o no haya sido reclamada.