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Jueza ordena al Senado nombrar a comisionado del INAI

  • Edwin García
Un Tribunal federal emitió una suspensión definitiva que obliga al Senado a votar por el sucesor de Francisco Javier Acuña en el INAI
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La jueza federal Celina Angélica Quintero Rico concedió hoy jueves una suspensión definitiva en la que ordena al Senado de la República nombrar al comisionado que ocupará la vacante de Francisco Javier Acuña Llamas en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), luego de que Acuña finalizó su encargo el pasado 31 de marzo de este 2023.

El Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa, a cargo de Quintero Rico, fue el que otorgó el beneficio de ley en favor de Francisco Ciscomani Freaner, integrante del Consejo Consultivo del INAI que se amparó contra la omisión de los legisladores federales sobre nombrar al nuevo comisionado a partir del primer día de abril de este año.

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Jucopo intentó frenar resolución del Tribunal

Solo unas horas antes de la suspensión definitiva emitida por la juzgadora, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa declaró infundado un recurso de queja interpuesto por la Junta de Coordinación Política (Jucopo) con el que intentaron revertir la resolución de Angélica Quintero, quien en un inicio concedieron la suspensión provisional.

Si bien la parte quejosa logró acreditar la existencia de los actos reclamados, los magistrados señalaron que lo hicieron de forma indiciaria al confirmar el perjuicio que le puede causar la inoperancia del Instituto de Transparencia.

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La Jucopo, como parte quejosa, alegó que la falta de uno de los comisionados afecta el derecho humano de la ciudadanía sobre el acceso a la información que se contempla en el artículo sexto constitucional, pues cabe recordar que para poder sesionar en el Senado, el INAI debe contar con un mínimo de cinco comisionados, pero actualmente solo hay cuatro de los siete que lo deben integrar por mandato constitucional.

De igual manera, en su demanda de amparo indicó que el daño al INAI no es una posibilidad, sino que más bien se trata de una realidad ante su inoperancia derivada de la falta de comisionados, por lo que su funcionamiento ya no es posible en términos del artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.

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Por su parte, el Tribunal indicó en la medida cautelar que el artículo sexto constitucional prevé que la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión debe iniciar el procedimiento para elegir al comisionado faltante para luego votarlo de manera cedular ante el Pleno, por lo que el sucesor de Acuña Llamas en el INAI será quien alcance las dos terceras partes de la votación de los senadores presentes.

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