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Corte invalida Padrón de usuarios de telefonía móvil
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), pues consideraron que representaba un riesgo al derecho a la privacidad, intimidad y protección de datos personales.
Con nueve votos a favor se invalidó el decreto por el que en 2021 se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, las cuales estaban suspendidas, pero hacían obligatorio entregar datos personales como nombre, domicilio y biométricos para acceder a una línea de telefonía celular.
Dicha información conformaría el Panaut, una base de datos a la que tendrían acceso autoridades de seguridad y justicia en el país, para supuestamente ayudar a reducir delitos como extorsión y secuestro, los cuales son cometidos con dispositivos móviles.
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que esos objetivos coinciden con los utilizados para la creación del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), implementado durante el gobierno de Felipe Calderón en 2009, el cual al ser vendido ilegalmente en internet fue cancelado en 2012.
En tanto, remitió al Renaut como un mal antecedente de que, "paradójicamente", ceder el control de los datos personales representa en sí mismo un peligro para la seguridad de los usuarios.
La ministra Norma Lucía Piña, encargada del proyecto de sentencia, este padrón impone una afectación a los derechos humanos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales y sensibles que no resulta razonable ni justificada.
Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN, expuso que el acceso a los datos biométricos de la persona que se encuentra registrada en una línea telefónica es insuficiente para vincularla con la comisión de un delito relacionada con ésta, pues las extorsiones nunca se realizan con los teléfonos a nombre del extorsionador.
Finalmente, remarcó que 9 de cada 10 llamadas de extorsión son realizadas por celulares de prepago, así como se han documentado 20 de estos números en algunos casos de secuestro.
Por su parte, el ministro Luis María Aguilar sostuvo que el Panaut no es una medida necesaria, pues se entromete "indebidamente" en los datos sensibles del usuario, además de que no requería autorización judicial para su utilización y por tanto entorpecía el acceso a la comunicación privada de las personas a través de internet.
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