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Corte mantiene validez de Ley de la Industria Eléctrica

  • Cristián García
Consideraron los ministros que no vulnera tratados internacionales ni genera desequilibrio en el sector
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJNdeclaró constitucional la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), luego de que no se alcanzó la mayoría para declararla inconstitucional por dar preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la producción y distribución de energía.

El proyecto para declarar inválida la Acción de Inconstitucionalidad presentada por senadores de oposición en marzo de 2021 fue votado a favor por la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, la ministra Jazmín Esquivel Mossa; el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

El resto del Pleno se pronunció por avalar la violación de diversos artículos de esa legislación a la reforma energética de 2013, señalando el régimen de la libre competencia en materia de generación y comercialización, así como la preferencia al consumo de energías limpias.

Sin embargo, durante la discusión se declaró que no vulnera tratados internacionales, el derecho al medio ambiente ni genera desequilibrio en el sector eléctrico que perjudique tanto a las empresas privadas como a los usuarios finales.

La reforma otorga prevalencia a la CFE para la producción y comercialización de energía eléctrica por encima de los productores privados, la cual fue impugnada por un bloque de siete ministros al considerar que violaba el principio de libre competencia contenido en la Constitución, pero al no reunirse los ocho votos necesarios, quedó intacta.

En el resto de apartados, las votaciones coincidieron que la reforma a la LIE no vulnera los tratados internacionales de México con la Asociación Transpacífico y el de Libre Comercio con Canadá y Estados Unidos.

Asimismo, los magistrados avalaron los supuestos de revocación de permisos y la revisión de los contratos con empresas privadas productoras de energía y los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) emitidos por la Secretaría de Energía al considerar que no invaden la autonomía de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Finalmente, declararon que la reforma a la LIE, no genera un desequilibrio que afecte en las tarifas que pagarán los usuarios a la Comisión por el suministro de energía eléctrica.

Por ello, los artículos se seguirán aplicando y la Corte no se pronunciará hasta que se revoque la última de las suspensiones otorgadas por jueces federales en marzo de 2021, y que mantenía suspendida la aplicación de esta ley.

De esta forma, queda abierta la puerta a más juicios de amparo en contra de la LIE, y ahora corresponderá a los juzgados y tribunales resolver las impugnaciones, caso por caso.

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