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Ningún beneficiado por ley de amnistía luego de 2 años

  • Samantha Páez
Siguen en reclusión hablantes de lengua indígena, discapacitados o mujeres que abortaron
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Ninguna de las 398 personas, entre hablantes de alguna lengua indígena, personas con discapacidad y mujeres detenidas por abortar, ha sido liberada después de que en noviembre de 2019 el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta publicara un decreto con el reglamento del indulto y en abril de 2020 se instaurara respectivo Consejo consultivo, de acuerdo con solicitudes de información respondidas por la Secretaría de Gobernación estatal.

Desde el inicio de su administración, Barbosa Huerta manifestó que firmaría un decreto para iniciar “los procedimientos legales para la ‘preliberación o indulto’ de quienes se encuentren encarceladas por abortar y de aquellas que, bajo presiones de sus parejas, incurrieron en el delito de posesión de drogas”, según el boletín de prensa 120819.

Cuestionado en abril de 2020 sobre el tema, el mandatario reiteró que antes de aplicar la amnistía se tendría que instaurar un Consejo Consultivo. “Una vez integrado empezamos a determinar las preliberaciones. Y sí, ya tenemos ubicado cuántos mayores de 65 añosqué padecimientos tienen, cuántas mujeres […] hay cinco mujeres detenidas por esa figura delictiva que aquí en Puebla se llama homicidio […] por causas de parentesco”, sostuvo.

Sin embargo, hasta la fecha ninguna persona ha sido beneficiada y esto podría deberse a que el Consejo Consultivo del Indulto en Puebla sólo ha sesionado una ocasión y fue para formalizar su instalación.

Al respecto, Verónica Cruz Sánchez, del Centro Las Libres, dijo que Puebla es el ejemplo de cómo la Ley de Amnistía “no está sirviendo”. No hay personas beneficiadas.

En respuesta a la solicitud de información folio 211200321000138, la Secretaría de Gobernación (Segob) estatal respondió que no había personas indígenas o con discapacidad liberadas por el decreto del Ejecutivo, tampoco mujeres detenidas por los delitos de aborto u homicidio en razón de parentesco.

El Decreto del Ejecutivo del estado por el que se expide el Reglamento para el ejercicio potestativo de la facultad de indulto, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 8 de noviembre de 2019, surgió a raíz de la propuesta del gobierno federal para promulgar la Ley de Amnistía, con la cual se pretendía beneficiar a personas privadas de su libertad en condiciones de vulnerabilidad y con sentenciadas desproporcionales respecto a los actos cometidos.

El consejo del indulto estaría integrado por titulares de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Igualdad Sustantiva y la Consejería Jurídica,  un representante de la Fiscalía,  un representante del Poder Legislativo, un representante del Poder Judicial, tres representantes del sector social, y una Secretaría Técnica.

De acuerdo con el informe “Ley de Amnistía: un año de simulación”, publicado de abril de 2021 por el Observatorio de Amnistías, lo que ocurre en Puebla no se alejaba mucho de lo que pasa a nivel nacional: para ese momento ninguna persona había sido liberada, pese a la Comisión de Amnistía habían recibido mil 115 solicitudes.

En diciembre de 2021, durante la quinta sesión ordinaria de la comisión, se notificó que había 103 casos donde la amnistía era procedente, pero -con información de abril de 2021- sólo cinco personas habrían sido liberadas.

En el caso de Puebla, se solicitó a la Segob estatal copia de las actas de sesión del Consejo Consultivo del Indulto, para verificar cuántos casos habían analizado, sin embargo, la respuesta indica que sólo ha sesionado en una ocasión y se realizó para instalar y aprobar la conformación del propio consejo, de tal forma que, hasta el momento, ningún caso se ha analizado.

Hay trabas para operar indulto

Para Amaranta Valgañón, abogada de litigio estratégico en Equis Justicia para Mujeres, organización que forma parte del Observatorio de Amnistías, el avance o el éxito de los indultos depende de cómo cada entidad federativa diseñó el mecanismo.

Ejemplificó diciendo que en el caso del Estado de México, la Ley de Amnistía es operada por el Poder Judicial y, por lo tanto, los procesos se resuelven de forma más fluida, a diferencia de donde se creó una comisión, como en el caso federal y de Puebla. Otra de las fallas comunes que observó la abogada es la falta de transparencia, pues sostuvo “no tienen ningún mecanismo para reportar cuántos casos están recibiendo, cuántos casos están resolviendo, cuántos en sentido afirmativo y cuántos en sentido negativo […] Todo eso hace que la chamba, si es que existe, no se alcance a ver”.

De acuerdo con Amaranta Valgañón la amnistía representaría una opción a la Ley Nacional de Ejecución Penal, que en su artículo 141, referente a la libertad anticipada, menciona una serie de requisitos para que las personas obtengan el beneficio. “Sí es una opción para las personas que están privadas de su libertad de forma injusta, es una respuesta para un sector para un grupo de población que no había sido visto”, comentó en una entrevista telefónica.

Sin embargo, el decreto de indulto poblano tiene requisitos muy similares a los de la ley de ejecución penal, como son: no tener antecedentes de violencia familiar, ni contar con reportes disciplinarios, ser “ejemplares” por su conducta en prisión y dedicación al trabajo y participar en actividades culturales, educativas, de capacitación para el trabajo y protección para la salud.

Se buscó al enlace de Comunicación Social de la Secretaría de Gobernación estatal para conocer sobre cómo estaba operando el decreto de amnistía. La respuesta fue que el tema debía consultarse con la Consejería Jurídica del gobernador. Se buscó entonces a la coordinadora de Comunicación Social, Verónica Vélez Macuil, quien al momento de redactar esta nota no había respondido a la solicitud de entrevista.

Poblaciones vulnerables siguen presas

El 21 de abril de 2020, durante la instalación del Consejo Consultivo del Indulto, el gobernador Barbosa dio a conocer que habría 309 casos de personas indígenas que no hablan español, 84 casos de personas con “padecimiento mental” y cinco casos de mujeres acusadas por el delito de homicidio por parentesco que podrían verse beneficiadas con el indulto. “Se trata de personas que no tuvieron defensa adecuada, por lo que analizar este tipo de casos permitirá que haya justicia”, se menciona en el boletín de prensa.

El gobierno estatal no informó en esa ocasión de otras poblaciones vulnerables incluidas en la Ley de Amnistía federal, como son personas afrodescendientes, personas en situación de pobreza extrema o de extrema vulnerabilidad y personas presas políticas. Tampoco de personas detenidas por posesión de drogas para consumo propio y robo simple sin violencia. Las cifras de las personas en situación de vulnerabilidad privadas de su libertad serían aún mayores a las indicadas por el gobierno estatal, según información del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), organizaciones sociales y datos oficiales de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal.

Por ejemplo, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL) 2021, elaborada por el Inegi, habría 22 personas afrodescendientes, 539 personas indígenas y 17 personas de más de 70 años privadas en de su libertad en Puebla. Además de cinco personas con “otra discapacidad” no visual, auditiva o motriz, probablemente intelectual o psicosocial.

En cuanto a las mujeres detenidas por los delitos de aborto y homicidio en razón de parentesco, Verónica Cruz Sánchez, de Centro Las Libres, dijo vía telefónica que tras un análisis realizado en 2010 encontraron a 25 mujeres en Puebla privadas de su libertad por abortos espontáneos, partos prematuros o emergencias obstétricas. Aunque en 2015 tuvieron conocimiento de que se revisaron diez de los casos, todavía habría 15 mujeres presas por aborto y delitos relacionados. Por su parte la Secretaría de Seguridad informó, en respuesta a la solicitud de información 211204222000019, que al 31 de diciembre de 2021 habría 18 mujeres privadas de su libertad por el delito de homicidio en razón de parentesco. Con estas cifras habría 581 personas susceptibles de beneficiarse del indulto, un 45% más del calculado por el gobierno estatal.

Con respecto al tema del aborto, Verónica Cruz dijo que una de las excusas para no aplicar la amnistía es que no hay solicitudes de amnistía, pero muchas mujeres ni siquiera saben que no cometieron un delito y mucho menos pueden acogerse a ese beneficio. “Esa ley es totalmente inalcanzable, es totalmente inaccesible y no está sirviendo […] no conocemos un solo caso, una sola mujer, a la que le haya servido esa ley”, refirió.

Iniciativa de ley puede mejorar

Durante la Legislatura pasada se presentaron dos iniciativas para reformar la Ley de Amnistía en el estado, una presentada en mayo de 2020 por bancada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y otra propuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) en junio de ese mismo año. La iniciativa de Morena proponía que se beneficiara con la amnistía a las personas acusadas por aborto, en caso de que se tratara de las “madres del producto” y del personal médico y parteras que llevaran a cabo la interrupción con consentimiento de las mujeres. También para personas indígenas que no tuvieran acceso a traducción o a una defensa con conocimiento de su lengua y cultura, que estuvieran imputadas por delitos vinculados a la defensa del territorio, así como cuando se compruebe que se encuentran en situación de pobreza extrema o vulnerabilidad y cuando se compruebe que fueron obligadas por la delincuencia organizada.

Otra cuestión que se incluye es la amnistía para personas imputadas por robo simple y sin violencia, así como los delitos políticos y sedición, siempre y cuando no se trate de terrorismo.

En el caso de la iniciativa del PAN, sólo contempla el beneficio para las personas indígenas, en pobreza extrema y donde se acredite que no contaron con defensa o intérpretes con conocimiento en su cultura, lengua o idioma. Y a personas mayores de 60 años, para que se les conceda la medida cautelar de prisión domiciliaria.

De acuerdo con el estudio del Observatorio de Amnistías, estas propuestas serían más “restrictivas” respecto a lo contenido en la Ley Federal, además de que la iniciativa del PAN era aún más limitativa al pedir que la persona imputada exhibiera una garantía económica. En el estudio “Avances en el proceso de implementación de la Ley de Amnistía a un año de su entrada en vigor”, el Instituto Belisario Domínguez resalta la Ley de Amnistía del Estado de México como un buen ejemplo a seguir, pues además de incluir los delitos mencionados en la ley federal, como son aborto, contra la salud, robo simple y sedición, así como delitos a personas o comunidades indígenas, incluye las sentencias contra mujeres por legítima defensa, personas mayores de 65 años, personas afromexicanas y delitos contra el ambiente. Asimismo, la ley mexiquense contempla que personas privadas de su libertad que tengan alguna resolución, pronunciamiento o recomendación de organismos internacionales solicitando su libertad y aquellas detenidas por delitos culposos que ya hayan cumplido con la reparación también podrían ser beneficiadas.

Por su parte, el Observatorio de Amnistías destacó que algunas otras buenas prácticas que deberían incluirse en las leyes locales son las medidas de reinserción social, reparación del daño por parte de quienes fabricaron los delitos, mecanismo de transparencia y rendición de cuentas.

Todas estas sugerencias deberían tomarse en cuenta al momento de discutir y, en su caso, aprobar una nueva Ley de Amnistía en Puebla. Como señaló Amaranta Valgañón: “lo mínimo es reconocer su inocencia, ordenar su inmediata liberación, borrar antecedentes penales, hacer que las instituciones le emitan su documentación oficial y garantizar que regrese a su estado de origen […] garantizar reinserción social es lo mínimo para que así pueda tener derecho al trabajo, a gestionar una vivienda, a la salud y a la educación”.

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