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Denuncia Eukid en FGR abusos de personal del penal de Tepexi
Por usurpación de funciones públicas o de profesión, ejercicio ilícito del servicio público, desobediencia de una orden judicial, coalición de servidores públicos, abuso de autoridad y los que resulten, el ex diputado federal Eukid Castañón Herrera denunció ante la Fiscalía General de la República (FGR) a personal del penal de Tepexi de Rodriguez, donde estuvo recluido de junio de 2020 hasta enero de este año, cuando fue trasladado a Gómez Palacio, Durango.
Además, el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Puebla ordenó investigar al director del Centro de Reinserción Social (Cereso) de Tepexi por violar la suspensión de plano de la Ley de Amparo 912/2020 el cual, entre otras cosas, exigió entregar informes quincenales sobre el estado de salud de Eukid Castañón y proporciónale “bajo su más estricta responsabilidad”, la atención médica necesaria y especializada que su estado de salud requería.
En entrevista con e-consulta, Fidel Martínez Lezama, defensa del exsecretario de la Contraloría estatal, dijo que estas acciones se tomaron porque su cliente padece múltiples enfermedades, como diabetes, hipertensión arterial, dislipidemia y cardiopatía isquémica y en el penal no le proporcionaban medicamentos en tiempo y forma. Esto se confirma con el amparo que ordenó una investigación bajo el Protocolo de Estambul por posibles actos de tortura.
Del delito de usurpación de funciones públicas o de profesión, explicó que dos supuestos médicos del penal de Tepexi que no cuentan con cédula profesional eran o son los encargados de firmar las recetas y valorar la salud, no solo de él, sino a todos los internos.
En primera instancia, el amparo 912/2020 se perdió, pero en revisión el colegiado ordenó reponer una investigación por los tratos “crueles e inhumanos” que recibió Eukid Castañón durante su estancia en este centro penitenciario.
Para dar cumplimiento a la determinación del juzgado, se solicitó al encargado del penal de Tepexi de Rodríguez “informar quincenalmente, los viernes de cada dos semanas, el seguimiento que dé al estado de salud del quejoso, por lo que debía proporcionarle, bajo su más estricta responsabilidad, la atención médica necesaria y especializada que su estado de salud lo requiera”.
“Para que dentro del plazo de veinticuatro horas, posterior a su notificación, cumpla la suspensión de plano otorgada al quejoso en el acuerdo de 11 de noviembre de 2020, ordenando que el personal a su mando suministre completa y oportunamente los medicamentos indicados por los especialistas citados, lo cual deberá acreditar de inmediato ante este juzgado, esto es, que cuenta con tales medicamentos en dicho Centro Penitenciario y que le será suministrado en la forma ordenada al quejoso, en su calidad de paciente”, ordenó la suspensión.
No obstante, el abogado denunció que los directivos del penal hicieron caso omiso y Castañón Herrera solo salió una vez a consulta para que le tomaran muestras de sangre.
Por lo anterior, el juzgado solicitó al Ministerio Público de la Federación hacer la denuncia correspondiente ante la FGR, “a fin de que proceda a la investigación de los hechos indicados”.
Acusa ilegal traslado de Eukid a Cefereso
Sin dar más detalles, Fidel Martínez Lezama dijo que fue ilegal el traslado de Eukid Castañón al Cefereso Número 14 de Gómez Palacio, Durango.
Esto debido a que la fecha en que los jueces aprobaron su cambió al penal de máxima seguridad, coincide con la resolución del amparo 74/2021, que dictó auto de no vinculación a proceso en su contra por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Sobre este punto, el abogado confirmó que este miércoles se celebrará otra audiencia que la Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó para volver a vincular a proceso a Eukid, pues, aunque cuenta con otras cuatro investigaciones por extorsión, amenazas, falsedad de declaraciones y enriquecimiento ilícito, esta es la acusación más fuerte en su contra.
“Hay un auto de no vinculación, lo único que puedo decir para no violar el debido proceso es que sí se dictó un auto de no vinculación por la carpeta 1017/2020 en la cual, por esa causa penal quedó en libertad y esta expedito a los derechos de la fiscalía para volver a vincular por el mismo hecho. Esto derivó de una resolución de amparo dentro de la revisión 74, esta sentencia es pública en la página de internet del Consejo, la pueden descargar y verificar todas y cada una de las violaciones que hace notar el colegiado”.