• Política

Así quitará el Congreso al auditor y nombrará su remplazo

  • Héctor Llorame
La remoción de Francisco Romero ahora es más fácil con las reformas impulsadas por el gobernador Miguel Barbosa, con quien el auditor tiene un enfrentamiento desde el año pasado
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El Congreso de Puebla definirá el futuro de Francisco Romero Serrano tras ser suspendido del cargo de titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE) por el proceso penal que enfrenta por el delito de violencia familiar.

Su destitución ahora se ve más cerca y su relevo sería más fácil con las recientes reformas impulsadas por el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta, con quien el auditor tiene un enfrentamiento público desde el año pasado.

El artículo 113 de la Constitución del Estado ahora establece que el titular de la ASE puede ser removido por:

I.                     Contravenir los principios a los que se debe ajustar la función de fiscalización conforme a esta Constitución y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II.                   No satisfacer los requisitos o actualizar los supuestos de prohibición establecidos en el presente artículo;

III.                 Ausentarse de sus labores por más de un mes sin que medie autorización del Congreso;

IV.                Abstenerse de presentar en el año correspondiente, sin causa justificada, los informes previstos en la ley;

V.                  Conducirse con parcialidad o aceptar la injerencia de los partidos políticos en el ejercicio la función de fiscalización, en el proceso de revisión de la Cuenta Pública, así como en los procedimientos de fiscalización y de imposición de sanciones;

VI.                Obtener, sin justificación, una evaluación del desempeño no satisfactoria, a juicio del Congreso, durante dos ejercicios consecutivos;

VII.               Incurrir en cualquiera de las conductas consideradas como faltas administrativas graves, en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y

VIII.             Cualquier otra análoga a las anteriores prevista en la Ley y que afecte el buen despacho de la función de fiscalización y el combate a la corrupción.

La destitución del auditor debe ser aprobada por el voto de dos terceras partes del Congreso, es decir, el voto de al menos 28 de los 41 legisladores

De acuerdo con el mismo artículo, la destitución tendrá efectos inmediatos para que enseguida comience el proceso para elegir a un nuevo titular de la ASE

La nueva persona electa no culminará el periodo restante de la destituida, sino que será designada para un nuevo periodo completo de siete años, con posibilidad de ser ratificada por otro periodo igual.

La suspensión del cargo es una medida cautelar impuesta por un juez de Control durante una audiencia oral, resolutivo que fue notificado al poder Legislativo y por eso este día se dio a conocer.

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