• Política

Aprueban regulación de Rvoes

  • Héctor Llorame
Ya no habrá Revoes permanentes, las instituciones tendrán que renovarlas; sancionarán a escuelas “patito”
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En el Congreso del estado se aprobó la nueva Ley de Educación Superior, con la cual se suprimen los Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios (Rvoes) permanentes y se fijarán sanciones más severas a las escuelas privadas que simulen actividades o expidan documentos sin validez.

La nueva regulación se avaló este martes en sesión virtual de la Comisión de Educación y para concretarse tendrá que ser ratificada en una sesión del pleno.

La nueva ley reemplazará a la ley vigente, creada en 2012; es una homologación de la Ley General de Educación Superior, promulgada el pasado 20 de abril a nivel nacional.

Regulación de Rvoes

Hasta 2020 en Puebla sumaban 2 mil 300 Revoes, de los cuales más del 40 por ciento se habían otorgado en los gobiernos panistas de Rafael Moreno Valle y Antonio Gali Fayad.

La nueva ley obligará a las escuelas privadas a refrendar sus Revoes periódicamente, con base en una fórmula.

La renovación deberá hacerse cada 1.5 veces la duración del plan de estudios, es decir, que si una carrera dura 4 años, el Rvoe deberá refrendarse cada 6.

La actual establece una vigencia de cinco años por cada reconocimiento, sin embargo, da la posibilidad de hacerlo definitivo mediante una serie de requisitos.

Por considerar que esto no abona a la actualización de los programas de estudios ni a la calidad educativa, es que decidió suprimir la permanencia.

Nueva acreditación

Aunque se cancelará la vigencia definitiva, se creará una nueva acreditación para exentar la renovación de los Rvoes.

Se trata del “reconocimiento estatal a la gestión institucional y excelencia educativa”, el cual tendrá una vigencia de cinco años con posibilidad de prorrogarse.

Para obtenerlo, las instituciones tendrán que contar con una acreditación institucional nacional o internacional; profesores que cumplan los criterios académicos acordes con la asignatura a impartir; estudios con enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva; planes y programas con reconocimiento de validez oficial de estudios con una antigüedad mínima de diez años; infraestructura para la inclusión; vinculación de sus planes y programas de estudio con los sectores sociales o productivos, y demostrar su “contribución en beneficio de la sociedad con los aportes de la institución y sus egresados”.

Nuevas sanciones 

La nueva ley además contiene sanciones más fuertes para instituciones que simulen actividades, carezcan de permisos, entreguen a estudiantes documentación inválida, impartan planes o programas de estudios sin certificar, carezcan de infraestructura adecuada o de la matrícula y planes de estudios suficientes para ostentarse como “universidad”.

Las escuelas con menos de cinco planes de estudios avalados con Rvoes no podrán denominarse universidades, tendrán que adoptar el término de “institución con estudios universitarios”.

La Secretaría de Educación Pública (SEP) federal y la Secretaría de Educación del estado además realizarán “visitas de vigilancia” periódicas para acreditar que las instituciones no incurran en alguna de las conductas irregulares mencionadas.

Las instituciones infractoras serán castigadas con la suspensión temporal o definitiva del servicio educativo; suspensión de información o publicidad del plan o programa de estudios que no cumpla lo previsto en la ley; colocación de sellos e información de advertencia en el plantel educativo sobre el plan o programa de estudios irregular; suspensión o revocación del Rvoe o incluso la clausura definitiva del plantel educativo.

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